La decisión del Departamento de Salud, enunciada hoy por la consejera Nekane Murga, de impedir el voto a las personas que han dado positivo por covid-19 en la CAV (unas 200 según sus datos) no ha zanjado el asunto. A un día ya de la cita con las urnas, este sábado la Junta Electoral del País Vasco tendrá que reunirse de nuevo con un recurso de EH Bildu sobre la mesa, según ha podido constatar NAIZ.
El escrito reclama que se faciliten con la mayor urgencia mecanismos para que las personas que estén enfermas, así como las confinadas, puedan ejercer su voto en las condiciones sanitarias debidas, salvaguardando así sus derechos fundamentales. El Gobierno de Lakua ha dado a entender que permitirá votar a quienes estén confinados y/o sin síntomas, pero no a los ya diagnósticados como infectados por coronavirus.
Por la mañana han sido dos representantes del Gobierno Urkullu las que han intentado dar por cerrado el asunto. Murga ha anunciado ese veto, sin aclarar su base legal, y a continuación la consejera de Seguridad, Estefanía Beltrán de Heredia, ha mostrado una especie de aval de la Junta Electoral a esta medida, en la respuesta a la queja de un ciudadano concreto.
Inmediatamente, representantes políticos y expertos juristas de diferentes tendencias han puesto de manifiesto sus dudas sobre la legalidad y el encaje democrático de todo ello. Esto ha dicho por ejemplo el exdiputado del PSOE Eduardo Madina:
No se puede impedir el ejercicio del derecho de voto por haber dado positivo o por estar en espera de un análisis.
— Edu Madina (@EduMadina) July 10, 2020
El Gobierno vasco debe rectificar y la administración autonómica habilitar formas seguras de voto. https://t.co/NEliZkK0Ve
El catedrático vasco de Derecho Constitucional y experto en cuestiones electorales Juanjo Alvarez es otro de los que ha cuestionado esa decisión.
En el recurso de EH Bildu se recuerda que según la ley vigente el derecho al sufragio solo puede ser impedido mediante sentencia judicial firme y no está restringido en casos de enfermedad.
Varios voces expertas han expresado, y así lo recoge también el escrito a la JECA, que el estado de alarma sí permitía la restricción de derechos fundamentales pero dejó de estar vigente el pasado 21 de junio.