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CONSUMO

Nuevo Impuesto de plusvalía


A la velocidad del rayo, el Consejo de Ministros del Gobierno español acaba de aprobar un R.Dº Ley que adapta el impuesto sobre la plusvalía municipal a la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 26 de octubre que declaraba inconstitucionales varios artículos. Ha sido “un visto y no visto”, ya quisiéramos que actuaran con igual rapidez con el tema de las eléctricas. En el nuevo texto legal, que los ayuntamientos tienen seis meses para adecuar, destacan varios aspectos:

1. Permite al contribuyente la elección entre dos métodos de cálculo, es decir, pagar conforme al nuevo sistema objetivo, que se adaptará a la evolución del mercado inmobiliario, o en función de la plusvalía real. De esta forma, el contribuyente podrá reclamar que se le aplique la plusvalía real si la diferencia entre el valor de trasmisión y el de adquisición es inferior al resultante de la estimación objetiva.

2. Se han sustituido los porcentajes anuales aplicables sobre el valor catastral del terreno por unos coeficientes máximos, en función del número de años transcurridos desde la operación. De acuerdo a la potestad de cada Ayuntamiento, podrán rebajar esos coeficientes, incluso hasta un 15% para adecuarlos a la realidad inmobiliaria del lugar. Excepto las plusvalías que se produzcan cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año y pueden tener un carácter más especulativo.

3. Cada año se actualizan los coeficientes en los Presupuestos Generales del Estado.

4. Vuelve a dejar patente que las operaciones donde no hay un aumento de valor no estarán sujetas a tributación y se deberá constatar a instancias del contribuyente que no se ha obtenido ganancia alguna. Esto estaba desde la reforma de 2017, pero no para todos, claro.

Como usuarios de las distintas administraciones públicas, no nos queda otra que pagar impuesto sobre impuesto sobre el mismo bien inmueble –municipal, autonómico y estatal–. Es el típico impuesto que se“olvida computar” cuando se hacen comparaciones sobre los distintos grados de presión fiscal aquí con el resto de Europa. Del Bidasoa para arriba no se cobra.