Aitor AGIRREZABAL
Iruñea
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO

449 páginas con la versión de las acusaciones como única prueba

La sentencia del Tribunal Supremo que rebaja mínimamente las penas impuestas por la Audiencia Nacional a los ocho jóvenes de Altsasu se basa únicamente en la versión de las acusaciones como prueba de cargo. En sus 449 páginas, el Alto Tribunal español obvia todos los argumentos expresados por las defensas de los encarcelados.

La sentencia del Tribunal Supremo en la que se condena a los ocho jóvenes de Altsasu a penas de entre nueve años y medio y un año y medio de prisión ratifica las tesis de la Audiencia Nacional, otorgando mayor credibilidad a las acusaciones, a sus testigos y a sus peritos que a los de la defensa. Apuntala el relato “oficial” en 449 páginas para condenar a Oihan Arnanz a nueve años y medio de prisión, a Jokin Unamuno y Adur Ramírez de Alda a ocho años y medio, a Jon Ander Cob y Julen Goikoetxea a siete años y medio, a Aratz Urrizola a cuatro años y dos meses, a Iñaki Abad a tres años y medio y a Ainara Urkijo –la única que no está en prisión– a un año y medio.

Esa mínima reducción de penas se debe a la no aplicación de la agravante de «discriminación» ni la de «abuso de superioridad» en el caso del delito de «atentado a la autoridad», así como a la supresión a Abad y a Urrizola de alguno de los delitos de lesiones. Sin embargo, el tribunal considera que ha existido «prueba bastante y válida de las agresiones y lesiones físicas y psicológicas causadas a las víctimas» para condenar por delitos de «atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas».

Se da la circunstancia de que dos de los magistrados, Vicente Magro y Antonio del Moral, sí han firmado un voto particular favorable a mantener la agravante de «discriminación».

El TS considera que «las declaraciones de las víctimas junto con las de los testigos [en realidad solo hace alusión a lo declarado por un testigo y tres policías forales] suponen y conllevan la plena acreditación de los hechos ocurridos y las consecuencias lesivas que los mismos tuvieron para las víctimas», y justifica la participación en los hechos de los ocho jóvenes, única y exclusivamente, en que fueron señalados por los dos guardias civiles y sus parejas.

Para ello, pone en valor las declaraciones uniformes y coincidentes de los cuatro ante la Guardia Civil y durante el juicio, olvidándose de las contradicciones en las declaraciones de María José Naranjo, una de las implicadas, en diversos medios de comunicación y en su primera declaración ante la Policía Foral.

Asimismo, la balanza entre los peritos de la acusación y la defensa se desequilibra porque «así lo manifestaron los médicos forenses y ha de prevalecer frente al informe emitido por dos médicos de familia».

Ruedas de reconocimiento

Durante la vista del 18 de setiembre, las defensas hicieron hincapié en las «irregulares» ruedas de reconocimiento a las que fueron sometidos los jóvenes. Por ejemplo, el abogado de Oihan Arnanz denunció que su defendido es rubio y de ojos claros pero en la rueda de reconocimiento se le puso junto a personas de «piel oscura y pelo negro azabache», con lo que resultaba casi inevitable señalarle. El fallo da «pleno valor» a esas identificaciones, pero para ello utiliza como único argumento que la impugnación se hace tras «haberse realizado las mismas y no en el mismo momento en el que los acusados fueron sometidos a las mismas».

Tampoco duda de que la trifulca se produce por la condición de guardias de los dos implicados. «Ha quedado patente a lo largo del desarrollo del juicio oral el sentimiento contrario de los procesados hacia la Guardia Civil como institución y como parte de las FSE y su presencia en Navarra», apunta.

Dicha animadversión fue negada explícitamente por varios de los encarcelados durante el juicio, pero el TS no hace referencia a ello, sino que apuntala esa «animadversión» en una pintada en la iglesia y en que un grupo de personas en las que se encontrarían Unamuno y Ramírez de Alda protestaron pero se marcharon «sin más incidentes». Sin embargo, testigos relataron que el teniente se dirigió a Ramírez de Alda en los siguientes términos: «La próxima vez que ocurra algo, te voy a cortar las manos».

Camisetas de Ramírez de Alda

La presencia de Ramírez de Alda, que afirma que se encontraba en casa durmiendo en el momento de los hechos, es otro de los puntos calientes de la sentencia. En lugar de probar su presencia en las inmediaciones del Koxka, la resolución judicial señala que las pruebas de la defensa «no son suficientes como para afirmar que nada tuvo que ver con los hechos». Es decir, en vez de probar su culpabilidad, afirma que Ramírez de Alda no ha podido acreditar suficientemente su inocencia.

Las acusaciones le identificaron con una camiseta roja, pero las defensas presentaron un vídeo de ETB en el que se le ve en el frontón con jersey gris y camiseta oscura por debajo, así como una foto de aquella noche con camiseta negra.

Durante la vista en el TS, las defensas también recordaron la recusación a la jueza Concepción Espejel, dado que está casada con un guardia civil y fue condecorada por el mismo cuerpo. La sentencia desestima el recurso y resuelve que «no puede convertirse el proceso de recusación del juez en un proceso de castigo por sus relaciones o distinciones».

Así, los únicos recursos parcialmente estimados son los interpuestos contra la agravante de «discriminación» y la de «abuso de superioridad». La resolución subraya que los hechos se produjeron porque dos de los implicados eran guardias. «Esa motivación» es lo que convierte los hechos en «atentado», por lo que aplicar la agravante de discriminación supondría condenar dos veces por el mismo hecho vulnerando el principio “non bis in ídem”.

 

Indignación entre los familiares y primeras movilizaciones

Los padres y las madres de los ocho jóvenes de Altsasu recibieron con indignación la sentencia del Tribunal Supremo, que fue calificada como «una barbaridad jurídica y social» y «una gran injusticia» por Bel Pozueta. «Esta sentencia ha querido maquillar una sentencia anterior injusta», añadió, antes de destacar que todavía quedan posibles recursos ante el Constitucional y ante Estrasburgo, «donde sacarán los colores al Estado español, pero en nuestro caso no aportará justicia porque para cuando llegue nuestros hijos habrán cumplido la pena íntegra».

Altsasu Gurasoak comparecerá hoy en Iruñea y ayer convocó las primeras movilizaciones. Centenares de personas se congregaron en la plaza de los Fueros de Altsasu, donde se leyó un comunicado de repulsa a la sentencia. Posteriormente, los concentrados marcharon en manifestación por las calles de la localidad. Hoy hay previstas concentraciones en Iruñea, Gasteiz y Bilbo, entre otras. M. D.

 

Reacciones

«Nos han robado el derecho a poder tener un proceso penal justo»

AMAIA IZKO

Abogada de la defensa

«No se corrige en absoluto el problema de fondo, la injusticia»

BAKARTXO RUIZ

EH Bildu

«Evidencia la falta de proporcionalidad que ha rodeado a este caso desde el inicio»

KOLDO MARTÍNEZ

Geroa Bai

«La sentencia es desproporcionada y el caso no debió salir de Navarra»

MIKEL BUIL

Podemos-Ahal Dugu

«Respeto máximo a la sentencia y llamamiento a la convivencia»

JAVIER REMÍREZ

Portavoz del Gobierno navarro