Gestión penitenciaria y sanidad reclusa
Tanto el Estatuto de la CAV-EAE, como el de CFN-NFK, conocido como Lorafna o Amejoramiento, disponen que la gestión de la política penitenciaria corresponde a sus respectivas autonomías. Pero ambos estatutos, que tienen el rango de flamantes Leyes Orgánicas, se incumplen en este y muchos otros aspectos desde su origen hace más de cuarenta años.
La interesada y hábil interpretación de disfrazar de éxito político cada negociación o logro de una transferencia durante estas cuatro décadas largas oculta en realidad el agotamiento y obsolescencia del modelo estatutario. La razón, por la que los estatutos no se cumplen no es solo el centralismo y la falta de voluntad de los partidos políticos estatalistas, sino, sobre todo, la falta de resortes políticos y de virtualidad jurídica para forzar la modificación de la legalidad por parte de los propios estatutos.
En realidad, el repetidamente proclamado objetivo estratégico de que «se cumpla el estatuto» constituye en el fondo el reconocimiento de dicha falta de resortes intrínsecos del propio estatuto; es decir, del acierto del diagnóstico de la izquierda abertzale y de los sindicatos ELA y LAB hace más de veinte años al declarar agotada la vía estatutaria. Y es que la negociación de transferencias a cambio de pactos en Madrid no constituye el cumplimiento del Estatuto, que si tuviese virtualidad jurídica propia, se debería poder hacer cumplir, al margen de lo que sucediese en Madrid y al margen de lo que fuese o no fuese la voluntad o el deseo político de los partidos estatalistas en el poder en cada momento. ¿Y cual es el resorte democrático o la virtualidad de que debieran estar dotados los estatutos para que su cumplimiento estuviese garantizado? No hay ni puede haber más que uno, que es el derecho democrático a decidir, única y esencial actualización de los derechos históricos que son derechos de carácter político, subsistentes en el tiempo y cuyo sujeto es el pueblo.
En la actual coyuntura política, y una vez más como consecuencia de las vicisitudes de la política de Madrid y no como dimanación de la virtualidad estatutaria intrínseca, parece inminente la tantas veces reclamada y añorada transferencia de la gestión de la política penitenciaria a la CAV-EAE.
La contradicción, y mucho más que una paradoja, es que, mientras tanto, en la CFN-NFK se está limitando –o autolimitando– la pretensión a la gestión de la sanidad reclusa o atención sanitaria de presas y presos. Por supuesto, hay que asumir esa prestación humanitaria de la sanidad reclusa sin ningún retraso y por infinidad de razones. Pero esa reivindicación no basta, ni constituye una transferencia, ni es el cumplimiento de la Lorafna o Amejoramiento, ni garantiza la atención humanitaria completa a la población reclusa. Se trata de una mera descentralización que se ha tornado imprescindible una vez descentralizada la sanidad pública, valiendo este argumento igual para Navarra que para Albacete o Extremadura.
De hecho, Navarra, que de siempre ha tenido y mantenido competencias en sanidad, incluso antes del Amejoramiento, desde siempre ha tratado de echar una mano en atención sanitaria a la población reclusa; y basta mirar la hemeroteca y los diarios parlamentarios para comprobarlo. Pero es evidente que la falta de atención sanitaria a los presos es endémica, y que en determinados momentos se vuelve gravísima, igual que es evidente que una organización sanitaria, que se pretende universal y que está descentralizada, todas las ciudadanas y ciudadanos, incluida la población reclusa, tienen que estar adscritas a esa estructura sanitaria general.
Sería toda una irresponsabilidad política, y mucho más que una pena, el que no se aprovechase esta coyuntura para reclamar con énfasis y con fuerza similar transferencia para Navarra que la que se va a efectuar a la CAV-EAE. Hace quince, veinte y treinta años, en infinidad de ocasiones, hasta el propio partido UPN se proclamó repetidamente a favor de esta y otras transferencia. Es verdad que solían decir y repetir que aspiraban a que Navarra gestionase la política penitenciaria... después de que el Estado hiciese la cárcel. Y cuando la cárcel estuvo hecha, empezaron a remolonear y contradecirse y se fueron al monte. A los diarios de sesiones y a la hemeroteca me remito nuevamente. Ahora UPN ya no está en la honda de las transferencias, ni siquiera en la de tráfico, que tanto añoraba Gurrea –agur Rafa, arerio, baina laguna-. Ahora UPN habita en el monte, en las sierras, selvas y cavernas ciudadanas y populares, proclamando que África no existe, porque no tiene una institución que la represente… ¡Ah, no, no! No nos confundamos, que eso lo dicen de Euskal Herria.
Pero volviendo a la vida real, que es también la de las presas y presos, que son parte de nuestra sociedad, igual que cualquiera de nosotras y nosotros, la transferencia de la gestión penitenciaria, que hoy por hoy solamente la tiene en el Estado español la nación europea de Cataluña, les conviene y beneficia. La gestión sanitaria tiene que desarrollarse en conjunción con las políticas sociales, precisamente para poder cumplir el objetivo primario de las penas de privación de libertad, proclamado incluso en la Constitución y que es la reinserción; no la venganza, y tampoco la protección de la sociedad frente al riesgo de la delincuencia, ni ninguna otra finalidad ejemplarizante.
La autonomía es algo tan serio que no puede dejarse en manos de los autonomistas. Lo cierto es que no hay mejor defensor del fuero y de la autonomía que las y los independentistas, aunque no les sea un objetivo plenamente satisfactorio; o quizá precisamente por ello. En el papel de outsider de la política que nos toca ejercer a algunos, no podemos dejar de denunciar la maniobra full y tramposa de quienes quieren disfrazar la descentralización de la sanidad reclusa (la cual, por supuesto, no tendría por qué retrasarse ni un minuto en ningún caso) con la transferencia de la gestión penitenciaria, cuya reivindicación para Navarra es oportuna en esta coyuntura y conveniente para las presas y presos y para toda la sociedad navarra.