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KOLABORAZIOA

Nuevo Estatuto, Nuevo Concierto y Nuevo Convenio


Estamos regidos por el Estatuto de Gernika, por el Concierto Económico y por el Convenio Navarro. Y no parece que vascos y navarros estemos satisfechos con estos instrumentos jurídico-económicos ni los veamos como horizonte para el futuro.

Ya no se debate sobre la idoneidad sino sobre la viabilidad de una mayor expresión soberanista. Tanto los partidos como las autoridades gubernamentales y judiciales actuales del País Vasco y de Navarra abogan claramente por unos textos legales nuevos que encajen en la política española y sobre todo europea. Se pretende coordinar el derecho de los pueblos sin Estado a decidir su futuro, sin que con esto, se llegue a afirmar la necesidad de reafirmar la independencia.

El Estatuto de Gernika es del 18 de diciembre de 1979, pero el Concierto Económico vasco deriva del final de la tercera guerra carlista el 28 de febrero de 1878, mientras que el Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por el Decreto-ley 16/1969, de 24 de julio, deviene del final de la primera guerra carlista.

El final de la Primera Guerra Carlista llegó en 1839 con el Abrazo de Vergara. A propuesta del general Espartero, el gobierno de Madrid, por medio de la Ley de 25 de octubre de 1839, confirmó los Fueros dentro de la unidad constitucional; pero establecía la obligación de su modificación oídas las provincias forales. Esta modificación de fueros se sustanció en Navarra en 1841 con la Ley de Modificación de Fueros, conocida como Ley Paccionada de 16 de agosto, que suponía la abolición del reino. El resto de provincias forales no verían afectados sus fueros hasta su abolición en 1878, fecha de nacimiento del Concierto.

Además de sus raíces históricas ambos documentos son constitucionales porque la Constitución de 1976 en su disposición adicional primera, «ampara y respeta los derechos históricos de los territorios forales», entre ellos la actividad tributaria y financiera.

El Convenio y el Concierto tienen un carácter pactado entre las representaciones de Navarra y de las Diputaciones de las Provincias Vascas, con el Estado y, por tanto, inmodificables unilateralmente.

A la hora de querer modificar el Estatuto de Gernika, los vascos (que no los navarros) se encuentran ante una disyuntiva irreconciliable. Las Diputaciones son los firmantes únicos y legítimos del Concierto vasco no el Gobierno Vasco.

Y hay una disyuntiva de futuro en la que juegan dos tendencias: la de potenciar la unidad de todas las provincias vascas, incluidas Navarra, Vizcaya, Guipúzcoa, Álava, Lapurdi y Zuberoa, denominándola Vasconia o Euskalherria, o la de potenciar el futuro gobierno basado en el conjunto de delegados o consejeros elegidos de las provincias vascas en un Parlamento con participación de los partidos políticos, es decir, una única cámara legislativa.

Ambas tendencias tendrán que pactar una norma o Estatuto con el Estado ya sea Corona española o República. La primera de las opciones, basándose en la histórica foralidad. La segunda buscando una singularidad política y económica de un ajuste legal y un Concierto propio, sin base histórica foral y posiblemente queriendo ser imitado por otras naciones o nacionalidades españolas reconocidas en la Constitución de 1976.