GARA Euskal Herriko egunkaria

El TEDH dicta que discriminar un libro infantil por contenido LGTBI es ilegal


El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado que etiquetar como perjudicial un libro infantil porque tenga contenido LGTBI viola la libertad de expresión, en una sentencia sin precedentes que responde a un litigio abierto en Lituania pero que sienta precedente para todos los países que integran la corte.

Los hechos se remontan a 2013, cuando una universidad publicó un libro de la autora Neringa Dangvyde Macate, en el que se recogían cuentos para niños y niñas de nueve años con personajes de distintos orígenes, capacidades y orientación sexual.

Las publicación derivó en quejas al Ministerio y a la Universidad, alegando por ejemplo que el libro «alentaba la perversión». La inspección de ética concluyó que el texto podía ser «perjudicial» para menores de 14 años, por lo que la distribución del libro se reanudó con una etiqueta que se advertía del contenido.

La polémica se elevó en 2019 al TEDH, que finalmente ha concluido, según se supo ayer, que las autoridades lituanas contravinieron el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos, relativo a la libertad de expresión, y limitaron el acceso de menores a unos cuentos que trataban el matrimonio homosexual como «equivalente» a la unión heterosexual.

Los jueces no consideran que, como argumentaba el Gobierno, se estuviese promoviendo un determinado tipo de matrimonios. «Al contrario, los cuentos abogaban por el respeto y la aceptación de todos los miembros de la sociedad en un aspecto fundamental de sus vidas», reza el dictamen final.