Esta ayuda se puede conceder por un periodo máximo de 24 meses y los casos en los que se otorga son: incorporación de forma estable como socios o socias trabajadoras o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas, o constituirlas; desarrollar una actividad como trabajadora o trabajador autónomo; destinar el importe para una aportación al capital de una entidad mercantil de nueva constitución o constituida en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación, siempre y cuando se vaya a poseer el control efectivo de la sociedad, se vaya a ejercer en ella una actividad profesional y se produzca un alta en la Seguridad Social en el Régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o en el Régimen especial de los trabajadores.
De esta forma, se facilita la puesta en marcha de iniciativas de autoempleo. Con este importe, la persona beneficiaria puede financiar: inversiones necesarias para iniciar la actividad; aportación al capital social; gastos de constitución y puesta en funcionamiento de una entidad, incluidas tasas y tributos; destinar hasta el 15% a pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender; cuota de ingreso en la cooperativa o adquisición de acciones y/o participaciones de la sociedad; y cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de la actividad.
La solicitud se debe presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal, organismo competente para determinar la aprobación o no del expediente. Sin embargo, la concesión, autorización del gasto y pago de la subvención se realiza por el Servicio Navarro de Empleo.
Entre los años 2014 y 2015 se tramitaron 300 expedientes por un importe total de 376.521 euros. En el año 2016 se ha incrementado la partida un 70% hasta 400.000 euros, para atender las solicitudes que quedaron pendientes del año anterior y todas las solicitudes que se vayan a generar este año.