La Sala II del Tribunal Supremo español ha reducido de 6 años y 9 meses de prisión, a 3 años y 6 meses, la condena a Nekane Txapartegi Nieves, en aplicación del artículo 579 bis.4 del Código Penal, introducido por reforma de 2015, que permite a los jueces y tribunales rebajar las penas por estos delitos cuando el hecho «sea objetivamente de menor gravedad atendidos el medio empleado y el resultado producido».
Se considera que «el grado de injusto del ilícito penal en que incurrió la penada, tanto por la gravedad del único hecho ejecutado como por el tiempo durante el que estuvo en contacto con ETA, justifican la aplicación de la norma prevista en el art. 579 bis.4 del C. Penal con respecto a la reducción punitiva del delito de colaboración contemplado en el art. 576 del C. Penal».
De esta forma, el Supremo revoca la decisión de la Audiencia Nacional española, que desestimó la petición de Nekane Txapartegi después de ser condenada 11 años de cárcel por delito de «integración en ETA», pena que ya fue reducida en 2009 por el Supremo a 6 años y 9 meses de prisión por entender que el delito era de «colaboración» y no de «integración». Ahora, se reduce la pena a 3 años y 6 meses por aplicación del nuevo artículo del Código Penal.
Txapartegi fue detenida en abril del año pasado y está encarcelada en Suiza, y sobre ella pesa una petición de extradición. Año y medio antes había sido identificada de forma ilegal por agentes españoles que operaron al margen del gobierno helvético, tal y como reveló GARA.
La presa política vasca ya fue detenida en 1999, cuando denunció haber sufrido graves torturas y que fue violada mientras estuvo incomunicada. Interpuso una demanda en los tribunales, pero la denuncia se archivó en junio de 2001. Procesada más tarde en el macrosumario 18/98, durante el juicio la asteasuarra relató en la Audiencia Nacional los tormentos sufridos. En la fase pericial, identificó al jefe de los guardias civiles que declaraban en calidad de «peritos» como uno de sus torturadores.