NAIZ

Los ayuntamientos de Bizkaia solo podrán liquidar la plusvalía cuando exista una ganancia

La Diputación de Bizkaia ha modificado la norma foral del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana en consenso con Eudel.

La Diputación Foral de Bizkaia ha aprobado un Decreto Foral Normativo por el que modifica la norma foral 8/1989 del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, de forma que los ayuntamientos únicamente podrán liquidar el impuesto de la plusvalía en los supuestos en los que exista una ganancia en la transmisión de los terrenos, según ha informado la portavoz foral, Elena Unzueta, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno de este martes.

Según ha explicado, la existencia de una plusvalía se determinará comparando el valor de adquisición con el valor de transmisión de la propiedad del inmueble o, en su caso, de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo del dominio sobre los mismos.

Esta modificación, aprobada mediante Decreto Foral Normativo, entrará en vigo el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Bizkaia, y se podrá aplicar a aquellas liquidaciones del impuesto que no hayan adquirido firmeza. De este modo, en ese caso los contribuyentes podrán reclamar la devolución del impuesto en aquellos casos en los que no se haya producido ganancia en la transmisión del inmueble o en la constitución o transmisión del derecho.

Unzueta ha señalado que la Diputación vizcaina adopta esta decisión tras consensuarla con la Asociación de Municipios Vasco, Eudel, y al constatar que entre los ayuntamientos del herrialde han surgido dudas sobre la aplicación de este impuesto, tras las sentencias del Tribunal Constitucional que anulan las Normas Forales de Araba y Gipuzkoa, así como la normativa estatal, que regulan el impuesto sobre las plusvalías.