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El Constitucional avala la reforma del reglamento del Parlament

El Tribunal Constitucional (TC) ha declarado por unanimidad que sí es constitucional la reforma del reglamento del Parlamento de Catalunya que permitía aprobar por la vía urgente la Ley del Referéndum del 1 de octubre y las conocidas como leyes de desconexión, al reconocer que no se excluyó la posibilidad de que los grupos parlamentarios presentasen enmiendas.

Pleno del Parlament en el que se aprobó la reforma del reglamento.
Pleno del Parlament en el que se aprobó la reforma del reglamento.

En una sentencia, los magistrados del TC consideran que el artículo 135.2 que se reformó el pasado 26 de julio, y que el Gobierno español recurrió, no es inconstitucional, porque «su redacción no significa que excluya la posibilidad de articular un trámite de proposición de enmiendas y debate sobre ellas», aunque la proposición de ley se tramitara por el procedimiento de lectura única.

El TC reconoce que se guarda un «silencio» respecto al trámite de enmiendas, pero precisa que esto no supone que se prescinda de él, sino que debe entenderse como falta expresa de previsión normativa. De este modo, no comparte el criterio de la Abogacía del Estado que recurrió esta reforma exprés del Reglamento al entender que se estaba vulnerando el artículo 23.2 de la Constitución Española porque no preveía de forma expresa la posibilidad de interponer enmiendas.

El pasado 31 de julio, el TC suspendió cautelarmente la reforma del reglamento del Parlamento de Catalunya tras admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad que presentó el Gobierno español, hasta que dictase sentencia entrando en el fondo del asunto, algo que ha ocurrido este miércoles. 

En esa providencia, avisó a la presidenta de dicha cámara, Carme Forcadell, a los miembros de la Mesa; al secretario general Xavier Muro; y al Letrado Mayor del mismo Antoni Bayona Rocamora de las consecuencias, incluso penales, si incumplían esta paralización.

El TC señaló entonces que estas personas tenían el deber de abstenerse de «iniciar, calificar, introducir» en el orden del día de cualquier órgano del Parlamento catalán y, sobre todo, de dictar cualquier acuerdo que implicara la tramitación de una proposición de Ley por el procedimiento de lectura única. 

Por este motivo, las formaciones independentistas tuvieron que buscar otra vía para aprobar estas normas, amparándose en un artículo del reglamento que a su juicio también lo permitía, en contra del criterio de los letrados del Parlamento y de la oposición.

La presidenta del Parlament y cinco exmiembros de la Mesa se encuentran investigados por el Tribunal Supremo por los presuntos delitos de rebelión, sedición y malversación en relación a facilitar el debate parlamentario.