NAIZ
NUEVA DELHI

El Tribunal Supremo de India despenaliza la homosexualidad

El Tribunal Supremo de India ha vuelto a despenalizar la homosexualidad, al tumbar una sentencia de 2013 que daba validez a una ley británica de más de 150 años que castiga los actos «contra natura» y criminaliza con penas de cárcel las relaciones entre personas del mismo sexo.

Miembros de la comunidad LGTB se felicitan por la sentencia que despenaliza la homosexualidad. (Sajjad HUSSAIN/AFP)
Miembros de la comunidad LGTB se felicitan por la sentencia que despenaliza la homosexualidad. (Sajjad HUSSAIN/AFP)

Los cinco jueces que componen la sala, encabezada por el presidente del Tribunal Supremo, Dipak Misra, han decidido pronunciar de manera individual sus sentencias, en las que todos coinciden en anular la validez del artículo 377 del Código Penal indio en lo que se refiere a la penalización de las relaciones homosexuales.

«El artículo 377 es arbitrario. La comunidad LGTB posee los mismos derechos que los demás. La visión mayoritaria y la moralidad general no pueden dictar los derechos constitucionales», ha declarado el juez Misra al leer su sentencia.

El presidente del Supremo ha destacado que «la discriminación en base a la orientación sexual es una violación de la libertad de expresión».

En la sentencia de 2013, el Supremo había ratificado la validez del artículo 377 del Código Penal indio, que establece penas de cárcel a «cualquiera que voluntariamente tenga relaciones carnales en contra del orden de la naturaleza».

Esta norma, una antigua ley británica que data de la época victoriana y tiene más de 150 años de antigüedad, había sido tumbada previamente en 2009 por la Corte Superior de Nueva Delhi al considerarla inconstitucional.

El procedimiento que revisó la validez del artículo 377 comenzó el pasado 10 de julio, y al día siguiente el Ejecutivo conservador del primer ministro indio, Narendra Modi, dijo que no recurriría la decisión que tome la máxima instancia judicial sobre la constitucionalidad de la norma.

El controvertido artículo prohíbe «las relaciones carnales contra el orden de la naturaleza con cualquier hombre, mujer o animal».

La decisión inapelable del máximo tribunal de la India no implica la derogación de la norma que se mantiene para castigar los actos sexuales con animales, pero dicta jurisprudencia para la legalización de la homosexualidad, al excluir relaciones entre personas de cualquier tipo de los hechos «contra natura».