Como anunciaron el 21 de diciembre tras la insólita decisión del Supremo, Arnaldo Otegi y sus compañeros condenados en el llamado «caso Bateragune» han recurrido al Constitucional contra la repetición del juicio. Apelan al máximo tribunal estatal por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, relacionado con el principio procesal de que no se puede juzgar dos veces a una persona por el mismo hecho. La vista oral en la Audiencia Nacional fue en 2011; en junio se cumplirán diez años.
El recurso ha sido presentado este mismo miércoles, según ha podido confirmar NAIZ. Y en él se incluye la petición de suspensión de la ejecución de la sentencia del Pleno de la Sala Segunda del Supremo (es decir, la suspensión del nuevo juicio ordenado), porque de lo contrario una eventual anulación posterior por parte del Constitucional no les evitaría esa «pena de banquillo».
El elemento fundamental de este recurso es notorio y obvio: la defensa recuerda al Tribunal Constitucional que las penas de cárcel impuestas ya han sido cumplidas en su totalidad. Seis años y medio en el caso de Arnaldo Otegi y Rafa Díez Usabiaga, y seis en los de Sonia Jacinto, Miren Zabaleta y Arkaitz Rodríguez.
No hay precedente alguno de una situación así, en que se pretenda volver a juzgar a personas que ya han cumplido su condena, con la circunstancia agravante de una anulación europea de por medio.
Como ocurre siempre con el máximo tribunal español, no hay plazo ni para la admisión o no del recurso ni para la decisión posterior.
La vía europea, en preparación
Junto a ello, NAIZ ha podido confirmar que la segunda iniciativa de respuesta anunciada por Iñigo Iruin, ante el Comité de Ministros del Consejo de Europa, también está en preparación, aunque a otro ritmo dado que en este caso no hay plazo tope de presentación.
Se tratará de una queja en la que se hace ver a este órgano europeo que el Supremo ha incumplido la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que declaró injusto el juicio en la Audiencia Nacional.
Cabe recordar que en realidad el propio Supremo lo aceptó al cumplir el fallo europeo y anular la condena en julio del pasado año. Sin embargo, dos meses decidió reabrir el asunto por otra vía y acabó imponiendo la repetición del juicio en un proceso cargado de anomalías.