La Dirección General de Asistencia y Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, dependiente de Ministerio del Interior, ha negado que el Gobierno español trabaje en un cambio legal para refundir condenas a los presos vascos cuando han sido impuestas en diferentes estados. La aclaración se produce después de insistentes filtraciones este fin de semana, comenzadas el viernes en ‘Abc’, sobre un presunto plan para adoptar la norma española al criterio europeo.
En concreto, la Dirección General ha enviado un correo electrónico a las asociaciones y fundaciones, consultado por Europa Press, en el que señala que los cambios se refieren a trasposiciones de directivas europeas, pero que «no existe ninguna iniciativa para modificar la regulación que se refiere a los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados de la Unión Europea».
El cambio legal se relaciona con el «avance en la interoperabilidad de bases de datos con otros países de la UE», particularmente en lo que se refiere a los registros de antecedentes penales.
Antecedentes: 2008 y 2014
El asunto se remonta a 2008, cuando Europa emitió una directriz que establecía que a las personas presas en un Estado se les debería descontar el tiempo de cárcel cumplido en otro, sin acumular ambos. Es la práctica habitual contra los presos y presas vascas encarcelados en el Estado español tras haber estado presos también en el francés (y en algún caso, también al revés). En la actualidad hay unos 50 que padecen este veto.
Esta directriz europea era de obligada traslación a la normativa española, pero primero el Estado español demoró la decisión durante varios años, y después la mayoría del PP recurrió a una artimaña legal para vaciarlo de contenido al hacer la trasposición. Fue en 2014 y supuso «de facto» que los presos y presas vascas se les siguiera denegando esta acumulación de tiempo de cárcel, hasta la actualidad.
El pasado viernes la AVT convocó una rueda de prensa para asegurar que el Gobierno español estaba avanzando una reforma en este terreno, presentándola como «favorecedora de la impunidad» aunque en realidad solo supondría adaptarse al criterio europeo.
La aclaración de Madrid
La Dirección General dependiente del Ministerio del Interior le ha indicado ahora en su mensaje aclaratorio que la inclusión en el Plan Anual Normativo del Anteproyecto de Ley para modificar la Ley Orgánica 7/2014, de 12 de noviembre, se refiere al intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea.
Menciona que, una vez consultado al Ministerio de Justicia sobre el alcance del citado anteproyecto, este departamento ministerial les ha comunicado que la propuesta responde al cumplimiento de la obligación de transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2019/884, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019.
En concreto, se modifica la Decisión Marco 2009/315/JAI del Consejo en el que respecta al intercambio de información sobre nacionales de terceros países y al Sistema Europeo de Antecedentes Penales (ECRIS) y por la que se sustituye la Decisión 2009/316/JAI del Consejo (Directiva ECRIS).
A tales efectos, el Ministerio de Justicia está elaborando un anteproyecto de ley que modifica la Ley 7/2014, de 12 de noviembre, en cuestiones relacionadas con el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS). Según el escrito de la Dirección General, afecta «solo en cuestiones relacionadas con el intercambio de información sobre antecedentes penales entre el Registro Central de Penados y las autoridades responsables de los registros nacionales de los Estados miembros».
«En consecuencia –aclara–, no existe ninguna iniciativa para modificar la regulación que se refiere a los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados de la Unión Europea».
Con esta transposición, justifica el Gobierno, «se avanza en la interoperabilidad de bases de datos con otros países de la UE, particularmente en lo que se refiere a los registros de antecedentes penales, con el objetivo de promover y agilizar la cooperación jurídica entre los países en la lucha contra la delincuencia, al tiempo que se contribuye a la construcción de un espacio común de libertad, seguridad y justicia en el seno de la UE».