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Facua advierte de que el precio de los alimentos con IVA rebajado no se puede subir en 4 meses

Algunas cadenas de supermercados subieron los precios tras el anuncio de la bajada del IVA, aunque recularon al ser señalados. Facua ha advertido que no se pueden subir los precios de los alimentos afectados por la bajada del IVA durante al menos cuatro meses.

Sección de verduras de un supermercado, en una imagen de archivo.
Sección de verduras de un supermercado, en una imagen de archivo. (Andoni CANELLADA | FOKU)

El Gobierno de Madrid anunció reducciones del IVA en algunos alimentos la última semana de diciembre. La medida no ha entrado en vigor hasta el cambio de año, hace unos días. En ese periodo de tiempo, hay cadenas de supermercados que han aprovechado para subir el precio de los alimentos seleccionados en la misma medida que tendrían que bajarlos después, según advertia en su cuenta de Twitter Ruben Sánchez, secretario general de Facua. Sin embargo, tras ser señalados, aplicaron la debida rebaja al precio inicial.

Asufin, Asociación de Usuarios Financieros, ha observado que, aunque la mayoría de cadenas de distribución alimentaria sí están cumpliendo con la rebaja dictada por el Ejecutivo español, muchas de ellas «redondean los descuentos a su favor y no llegan al porcentaje adecuado». La asociación de consumidores Facua ha advertido de que los establecimientos no pueden subir los precios de los alimentos afectados por la bajada del IVA durante al menos cuatro meses, plazo que se ampliará hasta seis si el IVA subyacente de marzo no está por debajo del 5,5%,.

Rubén Sánchez, ha señalado que el impacto de la rebaja del IVA será leve, aunque ha valorado más positivamente la congelación de los precios de los productos afectados hasta final de abril, pudiendo prorrogarse hasta junio. «En todo caso, los establecimientos podrán bajar los precios de esos alimentos durante estos meses, pero nunca subirlos a niveles por encima de los que marcasen el 31 de diciembre tras descontarles la bajada del impuesto, salvo que se produzcan incrementos en sus costes», ha precisado Sánchez.

Según el artículo 72 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, «la reducción del tipo impositivo beneficiará íntegramente al consumidor, sin que, por tanto, el importe de la reducción pueda dedicarse total o parcialmente a incrementar el margen de beneficio empresarial con el consiguiente aumento de los precios en la cadena de producción, distribución o consumo de los productos». Es decir, los establecimientos no pueden aumentar sus beneficios subiendo el precio de los productos en la misma medida que deberían de bajar al reducir el IVA. La efectividad de esta medida se verificará mediante un sistema de seguimiento de la evolución de los precios, según recoge la norma.

Hay consumidores que nada más anunciarse la norma pusieron en marcha una campaña en Twitter bajo el lema #EseIVAesMio que buscaba recopilar los precios de los alimentos seleccionados en diferentes supermercados. Así, los y las consumidoras pueden comprobar si la rebaja se ha hecho debidamente.

Facua ha mostrado su esperanza en que se desarrollen y realicen seguimientos de los precios de estos alimentos desde la última semana de diciembre para controlar el cumplimiento de la norma. Así, ha reclamado a las autoridades de protección al consumidor de las comunidades autónomas que pongan en marcha también controles de precios y trasladen a la CNMC las irregularidades que detecten. Asimismo, la asociación ha instado a los consumidores a denunciar ante la CNMC a aquellos establecimientos que no repercutan la bajada del IVA al precio de los alimentos afectados por la medida.

De momento, hasta abril

El Ejecutivo de Pedro Sánchez anunció la semana pasada que a partir del 1 de enero se aplica el 0% de IVA a los siguientes alimentos a los que se les repercutía el 4% como el pan común, la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común, las harinas panificables, la leche, los quesos, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, mientras que se baja del 10% al 5% el IVA a los aceites de oliva y de semillas y a las pastas alimenticias.

La norma precisa que volverá a aplicarse el IVA del 4% y el 10% a estos alimentos el 1 de mayo «en el caso de que la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo, publicada en abril, sea inferior al 5,5%». Si no es así, la medida continuará en vigor hasta final de junio.