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Llarena pone fin a la instrucción de la causa contra Ponsatí y le acusa de «desobediencia»

Pablo Llarena, el juez del Tribunal Supremo español encargado de la causa contra Clara Ponsatí, ha dictado auto de conclusión de sumario, acusándole de «desobediencia». Ahora corresponde a la Sala de lo Penal del Supremo decidir qué pasos se dan.

Clara Ponsatí, tras negarse a declarar ayer en Barcelona.
Clara Ponsatí, tras negarse a declarar ayer en Barcelona. (Lorena SOPENA | EUROPA PRESS)

El instructor de la causa del  'procés', el magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena, ha dictado auto de conclusión de sumario respecto a la exconsejera catalana y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, a la que atribuye un delito de «desobediencia» por el 1-O, después de que se le tomara declaración en Barcelona tras ser detenida.

El juez señala que, una vez completado este trámite, no considera precisa ninguna indagación más, por lo que pone fin a las pesquisas y las eleva a la Sala de lo Penal, que será quien decida los próximos pasos.

Ponsatí fue detenida el lunes después de que ella misma anunciara en sus redes sociales que se encontraba en Barcelona, a pesar de la orden de busca y captura nacional que pesaba en su contra.

Llarena acordó que fuera el Juzgado de Guardia de Barcelona quien la tomara declaración para comunicarle su procesamiento por «desobediencia» y poder continuar así el procedimiento penal en su contra.

La exconsejera se acogió a su derecho a no declarar, tras lo cual quedo libre, tal y como había dispuesto el instructor de la causa del 'procés', aunque con la imposición de designar domicilio en el Estado español para recibir notificaciones judiciales.

Segunda detención

Se trata de la segunda vez que Ponsatí es detenida en Barcelona por orden del Supremo. Ya lo fue el 28 de marzo y entonces fue puesta en libertad con la obligación de que acudiera a declarar ante Llarena el 24 de abril, pero se ausentó alegando, primero, que tenía trabajo en la Eurocámara y, segundo, que estaba amparada por su inmunidad como eurodiputada.

Tras este plantón, el instructor volvió a dictar orden de busca y captura nacional contra Ponsatí con el único objetivo de que pueda comunicarle su procesamiento por un delito de desobediencia y continuar así el procedimiento penal en su contra, que hasta el pasado marzo estaba paralizado por encontrarse prófuga en Bruselas.
Llarena resolvió que había faltado a su cita con el Supremo «injustificadamente», al considerar que se podían haber buscado fórmulas para que compareciera incluso desde Estrasburgo; mientras que la segunda cuestión planteada por Ponsatí la contestó el Tribunal General de la UE (TGUE) el pasado 5 de julio al levantar la inmunidad que retenían cautelarmente la exconsejera, el también exconsejero Toni Comín y el expresident catalán Carles Puigdemont.

De esta forma, el TGUE despejó el camino para que Llarena, previa petición de los fiscales del 'procés', pueda reactivar las euroórdenes contra Puigdemont y Comín. No obstante, en el caso de Ponsatí ya no es posible porque ha quedado procesada por un delito sin cárcel.

Delito sin cárcel

El horizonte penal de Ponsatí se despejó tras la entrada en vigor el 12 de enero de la reforma penal que derogó la sedición y modificó la malversación, obligando a Llarena a revisar el procesamiento de los huidos del 'procés'.

Hasta ese momento, la exconsejera estaba procesada por «sedición», por lo que la desaparición de este delito –penado con entre diez y quince años de cárcel e inhabilitación– propició que el magistrado lo sustituyera por el de «desobediencia», castigado con multa de tres  a doce meses e inhabilitación de seis meses a dos años.
Aunque tanto Fiscalía como Abogacía del Estado solicitaron al instructor que sumara el nuevo delito de «desórdenes públicos agravados», con penas de tres a cinco años de cárcel y de seis a ocho de inhabilitación, Llarena lo descartó.