Desde este martes, ya se puede solicitar el voto por correo de cara a las elecciones del próximo 21 de abril en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.
Este proceso comienza el día en el que el Boletín Oficial de la CAV publica el decreto de disolución del Parlamento de Gasteiz y la convocatoria de los comicios. Los electores podrán solicitar el voto por correo hasta el 11 de abril, inclusive.
En las anteriores elecciones, que se celebraron en pleno mes de julio de 2020, 125.255 residentes en la CAV, un 7,3% del censo, solicitaron votar por correo, lo que supuso un incremento de alrededor del 140% respecto a la cifra registrada en los comicios precedentes.
Según ha informado Correos, los ciudadanos que opten por votar por correo tienen que solicitar el certificado de su inscripción en el Censo Electoral, un requisito imprescindible para ejercer este derecho.
El certificado se puede pedir por vía telemática a través de la web o presencialmente en cualquier oficina de Correos.
Acreditar la identidad
Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos sin tener que acudir en persona a una oficina postal y los interesados debe acreditar su identidad mediante autentificación y firma electrónica.
Se aceptarán como válidos el sistema de identificación electrónica de la CAV (BakQ) (mediante el uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio español de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).
También las solicitudes de voto por correo pueden realizarse en todas las oficinas de Correos y se deberán realizar personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad acreditada mediante certificación médica oficial. En estos casos, pueden ser presentadas por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.
Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, Correos ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la aplicación, la web o la oficina virtual.
Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en la CAV, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 1 de abril, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.
La compañía recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual.
El plazo de depósito de este tipo de sufragios finalizará el 17 de abril.