La Audiencia de Araba ha condenado a 8 años de prisión a un hombre por detención ilegal y agresión sexual a una menor de 11 años, a la que, con engaños, llevó en su vehículo a una zona apartada y, tras retenerla, trató de desnudarla y la «manoseó».
Los hechos probados tuvieron lugar sobre las 19:50 horas del 13 de octubre de 2023 cuando el acusado coincidió en un bar con un menor, hijo de un conocido, y una amiga de este, a los que invitó a sendas bebidas.
Después se ofreció insistentemente a llevarles a casa, pero el acusado utilizó este supuesto favor para engañarlos y lograr que accedieran a subir a su vehículo, que condujo hasta una zona boscosa, apartada, sin iluminación artificial y poco frecuentada a esas horas, las ocho y diez de la tarde.
El procesado dejó ir al menor pero retuvo a la amiga de este, a la que trató de quitar la ropa y manoseó.
El tribunal considera que las pruebas practicadas en la vista oral son suficientes y no se puede poner en duda la credibilidad de la menor, y cita otras declaraciones de testigos que sirven de «corroboración periférica» del testimonio de ella.
La sentencia añade que el hecho de que el acusado no consiguiera desnudar a la menor no significa que los actos tendentes a ello, ese manoseo, «no constituyan un delito consumado, pues se trata de actos de indudable carácter e intencionalidad sexual. Que la intención final (desnudarla) no se viera satisfecha no entraña que el grado de ejecución quedara incompleto, pues lo que consiguió realizar ya era delictivo».
El tribunal estima que hubo intimidación porque se trataba «de una niña de 11 años frente a un hombre de 46», que la retuvo "dentro de su coche, de noche, en un lugar apartado y oscuro».
Además, el acusado buscó a propósito un espacio «apartado, poco frecuentado, oscuro, boscoso, en el monte, para alejar cualquier posibilidad de ayuda que pudiera recibir la víctima y aumentar su desamparo», por lo que el tribunal aprecia la agravante de la denominada circunstancia de despoblado.
Reincidencia
También se le ha aplicado la agravante de reincidencia, ya que el hombre cuenta con una condena firme de un juzgado de Iruñea por un delito de abusos sexuales y otra, también firme, de la Audiencia de La Rioja por un delito de agresiones sexuales.
Además de los 8 años de cárcel, la Audiencia de Araba fija para el acusado una medida de libertad vigilada durante 5 años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, así como el abono de una indemnización de 10.000 euros a la víctima.
Además, le prohíbe comunicarse y acercarse a menos de 200 metros de la menor durante 9 años, entre otras medidas.
Esta sentencia no es firme y cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.