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Abierto el plazo para solicitar prestaciones para personas en emergencia social

El Ayuntamiento de Iruñea ha abierto el plazo de presentación de solicitudes en la convocatoria de prestaciones económicas directas a personas y/o familias en situación de emergencia social y carencia de ingresos para 2017. La convocatoria está dotada con 600.000 euros.


 Las bases han sido publicada en el boletín número 16 de 24 de enero y pueden consultarse en la página web municipal, en el apartado de la derecha denominado ‘Sede electrónica’ bajo el epígrafe ‘Licitaciones y concursos’.

Las solicitudes pueden presentarse a través de las Unidades de Barrio, el Servicio Municipal de Atención a la Mujer (SMAM) y otros servicios municipales y se atenderán por orden de entrada hasta que se agote el presupuesto establecido. Este año la convocatoria ha ampliado su dotación hasta los 600.000 euros, 200.000 euros más respecto a la del año pasado. El Consistorio iruindarra amplió el año pasado la dotación inicial de 400.000 euros en junio en 100.000 euros más y posteriormente, en septiembre, en otros 250.000 euros hasta alcanzar los 750.000 euros.

Las bases fueron aprobadas antes de finalizar 2016 de manera que se han publicado ya este mes de enero en el Boletín Oficial de Nafarroa y se podrán comenzar a producirse las concesiones antes que otros años.

Para cubrir necesidades básicas
La convocatoria está orientada a subvencionar a personas y familias vecinas de Iruñea que presentan carencias económicas y que tienen serias dificultades para cubrir sus necesidades básicas de alojamiento, suministros, nutrición y salud e incorporación. Estas ayudas se definen como ‘Prestaciones Económicas Directas’ (P.E.D.) y son de carácter puntual, no periódicas, subsidiarias, complementarias y orientadas a cubrir necesidades básicas. Se consideran instrumentos de apoyo a la intervención social de los profesionales municipales del Área de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

Ente las novedades, se encuentra que la demanda de estas prestaciones económicas debe contar con la valoración de los profesionales municipales de Trabajo Social y se ha reforzado la justificación documental para la comprobación de que la ayuda se destina al fin para el que se concedió.

Además, se mantienen las que se incorporaron en las bases del año como el no existir límite de edad, aumentar el tope de cantidad de ayuda que se puede recibir, que se puede obtener la ayuda anticipadamente a la resolución de las convocatorias del Gobierno de Nafarroa o que disminuye el tiempo de empadronamiento mínimo. Además, continúan conservándose los conceptos por los que se puede recibir subvención que fueron ampliados.

Otra de las novedades de la convocatoria es que los conceptos subvencionables se acomodan en parte a los fijados en la convocatoria de subvención a entidades locales para la concesión de ayudas de emergencia social del Departamento de Derechos Sociales del Gobierno de Nafarroa.

Sobre alojamiento, las bases recogen que las ayudas se podrán utilizar para pagos de alquiler, de préstamos hipotecarios y de habitación en vivienda compartida así como para pagos de gastos de comunidad.

Dentro del concepto de ‘suministros’ se encuentran los de electricidad, gas/calefacción, agua y servicios de basuras. Las ayudas del concepto ‘Nutrición y salud’ se dirigirán a la cobertura de la necesidad básica de una alimentación diaria y correcta así como de los elementos imprescindibles para la higiene personal y del hogar. Dentro de este apartado también se contemplan gastos derivados de enfermedades, farmacéuticos y odontológicos.

Otros conceptos por los que también se podrá pedir ayuda están relacionados con la incorporación social y/o laboral, ya que se podrán pedir ayudas para actividades socio-educativas y formativas no regladas, y para actividades relacionadas con la prevención de riesgo o desprotección en la infancia y adolescencia. En este caso se quiere facilitar el acceso, por ejemplo, a servicios o escuelas infantiles, comedores escolares, servicios de conciliación o actividades de ocio y tiempo libre que no puedan ser sufragados por las familias cuando se valoren como medida preventiva y de protección social dentro de la intervención llevada a cabo por los servicios sociales municipales. Por último, las bases también contemplan la cobertura de ‘otras necesidades básicas’.

Para vecinos de Iruñea
La cuantía máxima anual que se concederá a través de estas ayudas a la persona o unidad familiar solicitante no podrá superar en un año en cada uno de los conceptos o en la suma de todos ellos la tabla recogida en las bases de la convocatoria y que indica para las unidades familiares unipersonales 850 euros; las unidades familiares de 2 miembros recibirán como máximo 950 euros; las de tres 1.050 euros; las de 4 personas 1.150 euros y las de 5 o más 1.250 euros. Además, se establece una cuantía máxima a pagar en cada solicitud del 50% de la cantidad anual máxima. Esto permitirá limitar el pago de situaciones que todavía están por llegar y realizar un trabajo más educativo y de acompañamiento de los casos, así como garantizar que se puedan cubrir las situaciones más urgentes de forma inmediata.

Podrán solicitar la subvención las personas individuales o unidades familiares de convivencia que reúnan los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años o menor emancipado; tener residencia efectiva en Iruñea y encontrarse empadronadas en la ciudad con un mínimo de seis meses de antigüedad (aunque por primera vez las bases señalan que excepcionalmente podrá ser suficiente el empadronamiento en el momento de la solicitud) y estar implicados en un proceso de intervención social a través de los programas y servicios municipales del Área de Acción Social y Desarrollo Comunitario.

Asimismo, deberán haber solicitado ayuda por el mismo concepto en el resto de administraciones, dada la subsidiariedad de las prestaciones económicas reguladas en esta convocatoria. En este sentido, las bases señalan que estas prestaciones pueden servir de anticipo de las ayudas extraordinarias del Gobierno de Nafarroa, cuando el concepto solicitado sea susceptible de ser concedido a través de aquellas pero la necesidad de su abono sea inmediata.

El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, supere el coste de la actividad subvencionada. Si eso sucede hay que devolver la diferencia.