Un juzgado de Bilbo dictaminará sobre la relación laboral con Glovo
En pleno debate sobre la regularización laboral de los riders, con anuncio de cambios, el viernes 26 de marzo arranca en el Juzgado de lo Social nº 11 de Bilbo la vista oral por la demanda interpuesta por LAB y la plataforma Riders x Derechos contra Glovo.
Tras el reconocimiento por parte del Tribunal Supremo español de que existe una relación de naturaleza laboral entre un repartidor y Glovo, el Juzgado de lo Social número 11 de Bilbo inicia a final de semana –el viernes, a las 9.30– la vista oral por la demanda interpuesta por 285 riders, asesorados por el sindicato LAB y la plataforma Riders x Derechos, contra las prácticas de esa compañía que, como otras plataformas de servicio bajo demanda, crece y crece.
El alto tribunal español dictaminó en setiembre que esta plataforma digital no es una mera intermediaria en la contratación de servicios entre comercios y repartidores, sino una empresa que presta trabajos de recadería y mensajería fijando las condiciones esenciales para la prestación de esos servicios. Estos trabajadores, según el Pleno de la Sala Cuarta del TS, no disponen de una organización empresarial propia y autónoma, sino que prestan su servicio «insertados» en la organización de trabajo del empleador.
En el caso de los riders de Bilbo, el juez debe resolver si estos trabajadores han tenido o tienen una relación laboral por cuenta ajena desde 2018 con la plataforma digital. Es el caso de uno de los repartidores con los que ha contactado GARA y que prefiere mantener el anonimato; como la mayoría de trabajadores, que teme las represalias por parte de la empresa por las opiniones que puedan dar sobre cómo es su relación con ella. «Sé que si me despiden por aparecer en un artículo en vuestro periódico, sería improcedente, pero en ese lapso no tendría trabajo», expone quien lleva tres años trabajando para Glovo.
Es su principal fuente de ingresos. La mayoría de los repartidores, en el caso del Botxo, son hombres jóvenes de origen latinoamericano con bicicleta, moto y coche. Pocos protestan, al igual que se organizan, para defender sus derechos básicos como empleados.
Según el último estudio de la consultora AFI, 30.000 repartidores y más de 64.000 restaurantes en el Estado español generaron en 2019 ingresos a través del sector del ‘‘delivery’’ con empresas pujantes como Deliveroo, Stuart, Glovo y Uber Eats, y cinco millones de usuarios emplearon las aplicaciones de comida a domicilio.
Cómo trabajan
Los días de trabajo y los descansos los eligen, ateniéndose al abanico de horas que se abran en la app, que es mayor o menor conforme a la puntuación que le otorga la aplicación al repartidor. Esta puntuación varía conforme a la eficiencia, al aceptar todos los pedidos que se le asignan o desestimarlos. Otro parámetro destacado para ascender en la escala es el de los «pedidos diamante o en alta demanda –los fines de semana, viernes incluido, antes de la pandemia de 20.00 a 23.00 y con pandemia de 19.00 a 22.00–, son horas donde cuanto más pedidos hagas más subes», advierte nuestro interlocutor tras su jornada laboral.
Las restricciones impuestas por las autoridades ante la crisis sanitaria las están pagando estos trabajadores, al limitarse las horas de reparto y con ello los ingresos que obtienen. «Les quitaron la oportunidad de coger horas, si fueran autónomos realmente decidirían si seguir con sus funciones más allá de la empresa», advierte Iñigo Alonso, de la Federación de Servicios Privados de LAB.
No todos los parámetros, aclara el rider bilbaino, puntúan igual. Luego, está la valoración de la clientela, aunque hay distintas variables en la escala diseñada por la plataforma, como la antigüedad y otros. En base a la puntuación, se abre la posibilidad de elegir la franja horaria de trabajo. En cuanto a las vacaciones, disfrutar de ellas supone descender en la escala por mucho que Glovo haya introducido cambios ante las quejas de los afectados.
Quién conoce las reglas
Uno de los principales «caballos de batalla» de estos trabajadores es conocer con exactitud las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.
Este punto ha sido uno de los escollos en la negociación que han mantenido, a nivel del Estado español, el Ministerio de Trabajo, los sindicatos UGT y CCOO, así como las patronales CEOE y Cepyme, ante las reticencias de las organizaciones empresariales a desvelar el funcionamiento de las fórmulas matemáticas usadas por las plataformas digitales para gestionar el servicio de reparto.
Finalmente, en el marco de la Mesa de Diálogo Social, se acordó el 11 de marzo una regulación del sector. «Miles de trabajadores serán laborales, gozarán de todos los derechos que tienen los trabajadores en el ámbito de las relaciones asalariadas, se cotizará por ellos y tendrán toda la cadena de protección social que a día de hoy no tienen, por ejemplo, si sufren un accidente laboral», expuso la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, al informar del consenso.
Con la norma, que será aprobada en Consejo de Ministros en cuanto concluyan los trámites administrativos, las plataformas digitales tendrán que actualizar la situación laboral de sus repartidores como asalariados sin denuncia de por medio, teniendo para ello tres meses de plazo.
Esta modificación del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores «tiene muchísima relevancia e importancia», en opinión de la titular de Trabajo, ya que va a permitir «acceder o neutralizar» determinadas actuaciones que los algoritmos permiten. Entre ellas, citó los «castigos algorítmicos» por trabajar en unas franjas horarias determinadas, la penalización de rendimientos que puedan ser interpretados de forma sesgada o, incluso, «por propiciar o desarrollar una huelga».
Podrá haber subcontratación
La nueva legislación española, que tiene en pie de guerra a las compañías del sector, no puede impedir que las plataformas recurran a la subcontratación del servicio de reparto con una empresa o con un profesional autónomo, pero siempre que no se incurra en una relación laboral encubierta, como el Tribunal Supremo dictaminó que estaba ocurriendo hasta ahora.
Es decir, que tendrá que ser una relación mercantil real en la que el autónomo decida sobre su trabajo y no en la que la plataforma organice y controle el servicio o las condiciones laborales, en cuyo caso aplicaría la presunción de laboralidad prevista en la futura ley.
«En Trabajo no podemos entrar a regular las relaciones mercantiles», dijo la ministra Díaz, quien dejó claro que la naturaleza de la relación jurídica de carácter laboral «no es elegible» y que, incluso para picos de demanda, las plataformas tendrán que realizar contratos laborales.
En estos años, quienes defienden los intereses de los repartidores vienen reivindicando mejoras. «En algunos casos se aplican, en otros casos se ignoran supongo, no investigo la app en busca de mejoras aplicadas ni nada, esencialmente me concentro en trabajar. Uno está bastante quemado de todo –confiesa el rider consultado– como para estar pendiente de tantas cosas relacionadas con Glovo. Antes, lo reconozco, miraba más las cosas».
Distintas opiniones
Lo cierto es que no todas las personas que trabajan para Glovo y otras plataformas desean ser trabajadores por cuenta ajena. «Unos prefieren seguir siendo autónomos, porque con el sistema actual se gana bastante y como asalariados, se piensa que cobraríamos como un simple trabajador de Telepizza, Domino`s o Burger King», relata.
Nuestro interlocutor comenta que trabaja una media de cinco horas de lunes y jueves, y seis de viernes a domingo, «sin descansar, por unos proyectos para los que tengo de ahorrar». «Me saco 1.200/1.300 euros, incluyendo el 21% de IVA que Glovo nos incluye en lo que ganamos trabajando», desvela, aunque apostilla que «con una nómina es obvio que no íbamos a ganar eso, que es lo que particularmente querría, tener contrato con nómina y ganar 1.200 o 1.300 euros mensuales».