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El Juez Único de la ACT anula la sanción a Hondarribia en la regata del domingo

La decisión da la razón a los guipuzcoanos, al entender que perdieron el remo corto de forma involuntaria, algo que no sanciona el Código de Regatas. La "Ama Guadalupekoa" suma un punto más y se coloca quinta en la general.

Salida de la tanda de honor el pasado domingo en A Coruña (LOF)

El Juez Único de Competición de la ACT ha decidido anular la sanción de tres segundos impuesta a Hondarribia en la segunda jornada de la Bandera de A Coruña. La “Ama Guadalupekoa” rompió el remo corto durante la primera ciaboga y tuvo que utilizar el largo en las siguientes maniobras.

Aunque en la información de la ACT no se especifica, se supone que la sanción se debió por que el remo de trincar de los guipuzcoanos acabó en el agua. No obstante, el artículo 28 del Código de Regatas de la ACT deja bien claro que lo que está prohibido es «lanzar al agua de forma deliberada o voluntaria remos o cualquier otro elemento que forme parte o se encuentre en la trainera».

En este caso, tal y como muestran las imágenes de televisión, el remo cayó al mar de manera involuntaria, por lo que el Juez Único da la razón a Hondarribia.

La anulación de la sanción hace que Hondarribia ocupe finalmente la novena plaza en la regata del domingo en detrimento de Tirán, que baja a la décima posición. Los guipuzcoanos suman cuatro puntos en esa regata y ahora tienen 16 en la clasificación general, empatados con Urdaibai y Orio.

No obstante, tal y como recuerda la ACT en su nota, la cuarta plaza en la general y el derecho a bogar en la tanda de honor el próximo sábado en la regata de Donostia es para los de Bermeo, ya que a igualdad de victorias (una cada para cada embarcación) el desempate se resuelve por la mejor clasificación en la última regata disputada, que en este caso favorece a los vizcaínos.