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Condenas de 6 años y 7 meses por traer desde Nigeria a Bilbo a mujeres para prostituirlas

Otras tres personas integrantes de la red que operaba en Euskal Herria han recibido penas de menos de dos años por blanqueo de capitales, prostitución coactiva y favorecimiento de inmigración ilegal.

Las víctimas era obligadas a prostituirse en las inmediaciones de la calle Cortes de Bilbo. (Monika DEL VALLE/FOKU)

La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a tres personas, dos mujeres y un varón, a seis años y siete meses de prisión por trasladar ilegalmente a dos mujeres desde Nigeria a Euskal Herria, concretamente a Bilbo, a las que luego obligaban a prostituirse.

Además, otras tres personas han sido condenadas a penas de menos de dos años de cárcel por delitos de prostitución coactiva, favorecimiento de la inmigración ilegal y blanqueo de capitales.

Según se recoge en la sentencia, con fecha de 6 de julio, las dos mujeres y el compañero sentimental de una de ellas –condenados a seis años y siete meses de prisión– venían dedicándose a «captar mujeres jóvenes en su país de origen, Nigeria, con el fin de hacerlas llegar de forma irregular a España para explotarlas sexualmente, y ello aprovechándose de su situación de precariedad económica en su país natal, sometiéndolas previamente a su salida a ceremonias de vudú que generaban en las jóvenes un estado de intenso temor y obligándoles a pagar importantes cantidades de dinero como supuesta deuda por el viaje».

De Nigeria a Libia y luego a Sicilia

En concreto, una de las encausadas captó con ayuda de una ciudadana nigeriana a una mujer residente en Benin City, a quien le dijeron que en Europa podría continuar con sus estudios.

Cuando la joven aceptó, debido a su situación de necesidad, fue obligada a someterse en febrero de 2017 a una ceremonia de vudú en la que le cortaron pelo y uñas, y le dijeron que si desobedecía moriría.

En el viaje, que comenzó poco después financiado por la acusada, fue trasladada hasta Níger y desde allí hasta Libia.

El día 26 de junio de 2017 fue llevada hasta una playa de Libia donde, junto con otros migrantes, «fue obligada a montarse en una lancha hinchable a pesar de no saber nadar, viajando junto con otras 150 personas».

Tras varios días fueron rescatados y trasladados hasta un campo de refugiados de Sicilia, desde donde fue trasladada a Milán, lugar donde contactó con la acusada.

Poco después la joven recibió una llamada del la pareja sentimental de la acusada, quien le dio instrucciones para abandonar el campo de refugiados y viajar al Estado español.

Siguiendo las órdenes, la testigo llegó a Roma, donde contactó con otro de los acusados, quien le entregó a la víctima un pasaporte nigeriano. Provista de tal documentación, viajó hasta Valencia y de allí a Bilbo en autobús.

Ya en Bilbo, fue obligada a ejercer la prostitución en la zona de la calle Cortes en condiciones «penosas y larguísimas jornadas», y ello para pagar una deuda que su tratante fijó en 35.000 euros, bajo la amenaza de que en el caso de que se escapara o desobedeciera «moriría a través del vudú».

Ceremonia de vudú

Por su parte, la otra mujer condenada a seis años de prisión captó en Nigeria en el año 2016, mediante la colaboración de una mujer nigeriana, a otra de las víctimas, diciéndole que podría llevarla al Estado español a cambio de 35.000 euros, que podría devolver porque le ayudarían a encontrar un trabajo, sin decirle que se dedicaría a la prostitución.

Dada su situación de precariedad económica, la mujer aceptó la propuesta, siendo obligada, a instancias de la acusada, a someterse a una ceremonia de vudú con un brujo, y amenazándola tras la práctica del ritual con la muerte si denunciaba a la acusada o si no pagaba la deuda.

La víctima viajó hasta la costa de Libia, donde la montaron en una lancha neumática junto con otras 120 personas. En tal embarcación viajó hasta la costa italiana. Una vez en Italia, y tras pasar por un campamento, voló hasta Madrid con un pasaporte nigeriano de otra persona, y desde allí viajó a Bilbo en autobús.

Cuando llegó a la capital vizcaina, la testigo se alojó junto con la acusada, quien le dio instrucciones para el ejercicio de la prostitución en la zona de San Francisco. La mujer comenzó a ejercer la prostitución en condiciones «penosas y durante jornadas interminables, entregando el dinero a su tratante y recibiendo órdenes y amenazas para que siguiera prostituyéndose».

A estas tres personas, el juez les impone una pena de seis años de prisión a cada uno de ellas, como autores un delito de trata de seres humanos en concurso medial con un delito de prostitución coactiva, así como a siete meses y 15 días de cárcel para cada uno de ellos como autores de un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal.

Además, las dos víctimas deberán se indemnizadas por parte de los acusados con 60.000 euros cada una, por los perjuicios morales sufridos.

Otras penas menores

Otra de las encausadas actuaba como correo para trasladar, mediante frecuentes viajes por avión que ella misma realizaba desde el Estado español hasta Nigeria, el dinero obtenido por las otras acusadas gracias a la explotación sexual de las testigos protegidas, y lo remitía, «sin control de las autoridades españolas», a Nigeria, habiendo realizado estos hechos de traslado de dinero «a sabiendas del origen ilícito del mismo, ayudando de esta manera a garantizar el beneficio que las otras acusadas conseguían de la prostitución ejercida por las víctimas».

A esta persona le imponen una pena de siete meses de prisión como autora de un delito de blanqueo de capitales y deberá abonar una multa de 44.500 euros.

Por su parte, otra mujer ha sido condenada a dos años de prisión como autora de un delito de delito de prostitución coactiva y al pago de una multa de 2.160 euros.

Se trata de la hija de una de las condenadas a seis años de cárcel y que se hizo cargo de una de las víctimas, a la que obligaba a continuar pagando la deuda y amenazaba y hacía continuos reproches para que trabajara más ejerciendo la prostitución.

Además, el varón que entregó el pasaporte a una de las víctimas ha sido condenado a siete meses y 15 días de prisión como autor de un delito de favorecimiento de la inmigración ilegal.

Por su parte, una cuarta persona, una mujer, ha quedado absuelta del delito de favorecimiento de la inmigración ilegal del que venía siendo acusada.

Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente de su notificación.