Solo el 5,5% de EPPK en tercer grado frente al 18% común y al 40% que quiere Lakua
En su mensaje el sábado, Sare puso cifra a una de las excepcionalidades más urgentes: el bloqueo en el paso de segundo a tercer grado. Solo 11 de estos 200 presos y presas vascas ha alcanzado esa puerta. Supone un tercio del volumen en el régimen común y ni un séptimo del objetivo de Lakua.
En el inicio de la batalla legal de EPPK para ir vaciando las cárceles en 2016, el primer grado se convirtió en la trampa que impedía progresar; hay que recordar que en el comienzo solo el 5% del Colectivo estaba en segundo y tercer grado. Durante este pasado 2021 esa situación se ha encarrilado con la práctica desaparición del primer grado, pero la barrera se ha colocado entre el segundo y el tercero, lo que «de facto» sigue impidiendo la puesta en libertad, o al menos pisar la calle con permisos, a más de 150 presos y presas vascas que cumplen los requisitos si se aplicara la legalidad estricta.
A la situación actual exacta le puso cifra Sare en la comparecencia central de la jornada del sábado, enunciada en el Palacio Euskalduna por Joseba Azkarraga y Arantza Aldeazabal. Según detallaron, hoy son únicamente 11 los presos y presas de este grupo humano que están en tercer grado, sobre un total de cerca de 200 (194 en el listado de Etxerat). Esto supone justo un 5,5% del total. Es decir, una cota residual, similar a la que en su día componían los prisioneros que habían conseguido salir del cepo del primer grado.
El dato constata que el tercer grado se sigue otorgando muy a cuentagotas a este colectivo, puesto que si se analiza el conjunto de las personas presas en el Estado español por todo tipo de motivos se observa que llegan a un 18% quienes están en ese régimen. En concreto, el último informe del Consejo General del Poder Judicial sobre la situación carcelaria (relativo a diciembre de 2020) detalla que 8.168 de los 45.381 encarcelados en el Estado están clasificados en tercer grado. En segundo está la mayor parte, al igual que ocurre con EPPK pero en un porcentaje menor: 32.688 (el 72%). Hay 3.815 sin clasificar. Y apenas 692 en primer grado; es decir, en el que durante estas tres décadas han sido incluidos sistemáticamente estos presos y presas vascos.
El déficit en este tercer grado resulta aún más elocuente si se compara con los objetivos fijados por el Gobierno de Lakua para su modelo penitenciario. Según ha reiterado Jaime Tapia, responsable de este tema dentro del organigrama del departamento de Beatriz Artolazabal, aspiran a que el 40% de las personas presas en Zaballa, Martutene y Basauri alcancen un régimen de semilibertad. A tal fin se están ya cerrando acuerdos con entidades que puedan ayudar en ese tránsito y el Parlamento de Gasteiz ha aprobado la creación de la agencia Aukerak.
La acción de la AN crea un riesgo real de que ese porcentaje se reduzca aún más, aunque lo lógico sería que juntas de tratamiento vascas e Instituciones Penitenciarias empujaran para normalizar la situación
Ese 40% multiplica por siete el porcentaje de los presos y presas de EPPK que están ahora en tercer grado. El Gobierno de Lakua ha aseverado que no habrá excepciones en esta política, que aplicará por igual a todo tipo de personas presas independientemente de su delito, pero la realidad es bien diferente por el momento: como la ejecución de condena de todos estos presos corresponde a la Audiencia Nacional dado que fueron castigados allí, de momento ya se ha revertido un tercer grado (a Unai Fano) y la Fiscalía tiene recurridos otros cuatros.
Es decir, hay un riesgo real de que ese 5,5% pueda incluso reducirse, aunque lo lógico sería que las juntas de tratamiento de las prisiones vascas (encargadas de proponer terceros grados) e Instituciones Penitenciarias (responsable de validarlos) empujaran para normalizar la situación, llevando ese porcentaje ínfimo al 18% común primero y al 40% posteriormente.
Condicional y 7/2003
Completar el cuadro de situación hace necesario añadir tres apuntes, uno sobre todo técnico y dos que tienen que ver con la excepcionalidad. El matiz técnico es que el tercer grado no supone un requisito indispensable para salir de prisión al menos de modo puntual.
Es legal la concesión de permisos en segundo grado. De hecho, el procedimiento habitual es conceder permisos en segundo para así valorar la evolución de la persona presa en esas salidas y autorizarles o no el tercer grado. En consecuencia, Sortu explicó el pasado mes de abril que 168 presos y presas (cinco de cada seis) deberían estar pisando la calle con la ley en la mano. Pero la realidad es que los permisos se siguen escatimando a estas personas. E incluso se han producido situaciones surrealistas en esta batalla legal, como que se les deniegue el tercer grado argumentando que no se ha podido calibrar su comportamiento en los permisos… después de habérselos vetado.
Entrando en mayores excepcionalidades, hay que apuntar que en realidad decenas de estos presos (entre 60 y 80 en la actualidad) no solo cumplen los requisitos para el tercer grado, sino también para la libertad condicional por el volumen ya cumplido de sus condenas. Un caso paradigmático es el de Unai Parot, 31 años preso, puesto que las movilizaciones por su libertad están siendo sistemáticamente criminalizadas cuando lo que se reclama en el fondo no es más que el cumplimiento de la legalidad: cumplió las tres cuartas partes de condena exactamente el 9 de febrero de 2020, pronto hará dos años.
La ley 7/2003 lamina directamente ese tercer grado. Un preso condenado en 2012 no accedería a él hasta 2044 y a la libertad definitiva hasta 2052
Esta excepcionalidad se llevó al extremo en la ley 7/2003 implantada por el Gobierno Aznar al calor del retorno de ETA a la acción armada después de Lizarra-Garazi. Sigue vigente en un contexto radicalmente diferente a aquel. Y lo que estipula viene a eliminar de golpe y porrazo el tercer grado para decenas de presos y presas vascos sometidos a ella. La elevación del tope de cumplimiento de cárcel a 40 años lleva pareja la imposibilidad de acceder al tercer grado en esos casos hasta los 32 años y a la libertad condicional hasta los 35.
Resumido de otro modo, alguien condenado en 2012 por pertenencia y atentados de ETA, en un momento en que ya la organización había renunciado definitivamente a la lucha armada, podría llegar a verle vetado el tercer grado hasta 2044, la libertad condicional hasta 2047 y la salida definitiva hasta 2052.