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Una AN que castiga a presos, desautoriza a profesionales y asombra a juristas

Las trabas crecientes de la Audiencia Nacional a permisos y terceros grados no solo dañan a presos vascos y sus familias, no solo generan denuncia de juristas, no solo movilizan a la sociedad, también atacan al trabajo de los profesionales penitenciarios. Todo ello ha quedado patente en Bilbo.

Teresa Toda (Foro Social), Emilio Olabarria y Aitzol Asla (Behatokia), con Puerto Solar (Instituciones Penitenciarias) en pantalla. (Oskar Matxin Edesa | Foku)

Una semana después del quinto monográfico de Behatokia que ha detallado los obstáculos a la progresión legal de los presos vascos por parte de la Audiencia Nacional, cinco juristas vascos y españoles con mucho conocimiento y práctica en la materia han coincidido en dar la voz de alerta y exigir un cambio de enfoque total. La ley 7/2003 de Aznar es el ojo del huracán.

Onintza Ostolaza, con más de quince años de práctica en la defensa de presos y presas vascas, conoce muy directamente los entresijos de la Audiencia Nacional frente a esta batalla legal. Y en consecuencia sabe que hoy día «el Juzgado no analiza los informes de la Junta de Tratamiento que proponen el permiso, sino que deniega las peticiones con autos estereotipados» e introduciendo afirmaciones que no están en la ley.

El otro gran escollo actual, paralelo al anterior, está en la barrera puesta al acceso al tercer grado, que apenas una docena de presos tiene superada en este momento. La competencia de otorgarlos corresponde a las instituciones penitenciarias (bien de Madrid o de la CAV), ha recordado Ostolaza, pero «el tema se está judicializando a través de los recursos de la Fiscalía. Y aquí ha habido una evolución: al principio no se recurrían estas progresiones y ahora está siendo casi sistemático».

Onintza Ostolaza: «Con Unai Fano se valoró si había pedido perdón, cuando no ha producido ninguna víctima»

El primer ejemplo, hace medio año: «Cuando se produjo el caso de Unai Fano, nos sorprendió, era un tercer grado propuesto por unanimidad. Después se valoró la veracidad de su posición y si había pedido perdón, cuando el señor Fano no ha producido ninguna víctima. Pero se aceptó el recurso del fiscal y se produjo la regresión. A nivel humano, para una persona con hijas pequeñas la situación se puede imaginar».

¿Hay un cambio en que ahora la Fiscalía haya recurrido solo uno de los ocho terceros grados aprobados por el Gobierno de Lakua? Ostolaza no lo ha pasado por alto y ha valorado tanto la contundencia de las juntas de tratamiento como la expresada por el Ejecutivo. «Entiendo que se lo han puesto difícil a la Fiscalía y esperemos que tampoco se acepte el recurso contra Joseba Arregi», ha deseado

También Puerto Solar tiene un conocimiento muy exhaustivo de la materia y el momento actual, puesto que trabaja en El Dueso (Cantabria) en el área de Tratamiento. Podría decirse que está «al otro lado», o al menos dentro de los muros. Sin embargo, no ve las cosas de modo muy diferente a Ostolaza. Ha expresado su desazón por «las limitaciones de los condicionantes que ha ido añadiendo el Código Penal poco a poco. Todo empezó con la ley 7/2003, que nos limita muchísimo lo que podemos hacer y no con estos presos. Incluye requisitos muy efectistas pero que plantean muchas dudas; por ejemplo, el de ‘colaboración’ no es efectivo, y el de ‘arrepentimiento’ introduce una cuestión moral que a mí me parece muy dudosa».

«¿Cómo vamos a demostrar eso que pertenece al fuero interno? ¿Tenemos la capacidad moral de hacerlo? ¿No estamos instrumentalizando a las víctimas con todo esto? ¿Y para qué sirve un tratamiento si es impuesto?», han sido algunas de las preguntas con mucha miga de esta profesional carcelaria. Ha abogado por cambiar el concepto de «arrepentimiento» por el de «responsabilización. Es mejor y más efectivo que esa persona se responsabilice de lo que ha hecho».

Puerto Solar (Junta de Tratamiento de El Dueso): «Hay que cambiar el arrepentimiento por la responsabilización, y mirar al futuro y no al pasado»

Yendo a la práctica, Solar ha añadido el efecto «expansivo» de estos requisitos alegales. Por ejemplo, se están denegando permisos afirmando que alguien no se ha arrepentido «cuando eso es algo que no está previsto en la ley». O rechazando un traslado a la cárcel cercana con argumentaciones similares, cuando en todo caso debería ser al revés; la administración penitenciaria o judicial tendrían que justificar por qué están lejos.

«Con estos requisitos añadidos se crea una dinámica procedimiental diabólica, en que a veces los recursos acaban perjudicando al propio preso», ha alertado Solar. Y otro efecto, ha añadido, es que en muchas ocasiones «estas juntas se acaban plegando a lo que la autoridad judicial ha dicho, aunque no tenga realmente base jurídica. Lo judicial pesa más que lo administrativo. La Junta acaba diciendo ‘vamos a dejar de pelear’, es algo que cala».

«Tendríamos que mirar al futuro», ha concluido Puerto Solar. Cree que es un ejemplo cómo se ha resuelto el tema del «procés», porque se ha afrontado más mirando al futuro que al pasado, y considera que en ese nuevo enfoque lo clave debe ser «la capacidad de repetición» del delito, que en el caso de los presos vascos resulta a todas luces inexistente.

Le ha cogido el turno de palabra Marta Vicente, responsable de Jueces para la Democracia, que ha repasado los requisitos para el acceso al tercer grado y la libertad condicional y, como indicó en esta entrevista a GARA, ha denunciado los obstáculos añadidos desde la 7/2003. Así, ha denunciado el recurso a la cuestión de la «petición de perdón» para bloquear progresiones que son legales y que además llevan el impulso de la Junta de Tratamiento de la cárcel, que es quien puede certificar los requisitos para ello.

Marta Vicente, jueza: «El arrepentimiento no es un criterio legal para la concesión de permisos»

Las reflexiones finales de esta jueza sobre la progresión ahora obstaculizada, también clarificadoras: «La doctrina y el Supremo reafirman que el fin es preparar para la vida en libertad. No se establecen como criterio ni el tipo de delito ni la naturaleza del delito cometido. El arrepentimiento no es un criterio legal para la concesión de permisos. Y la denegación debe basarse en la probabilidad de quebrantamiento, de reiteración delictiva u obstaculización del programa de tratamiento individualizado». Nada menos pero tampoco nada más.

Emilio Olabarria, que fue vocal del Consejo General del Poder Judicial además de diputado del PNV, ha insistido en lo que apunta el editorial de este quinto monográfico: «Hay una invasión del campo del Derecho Penitenciario por parte del Derecho Penal cuando son cosas entológicamente antitéticas. ¿Dónde queda el aspecto resocializador de la pena si no hay posibilidades de reinserción?».

«Esto dimana de la perversión de la ley 7/2003», ha considerado Olabarria citando la norma aprobada por el Gobierno Aznar en pleno rebrote del conflicto armado tras Lizarra-Garazi pero que sigue hoy vigente, casi 20 años después. Ha recordado que con ella en la mano no hay posibilidad real de tercer grado hasta cumplidos 32 años de cárcel, una locura.

También ha añadido que en la ley se prevé el «repudio a la violencia» pero no se articula «ninguna fórmula concreta y estandariza para ello», lo que da pie a la arbitrariedad judicial de considerar que las manifestaciones de rechazo no son suficientes en el caso de estos presos vascos. «Se está aplicando la progresión de grado a personas que han manifestado ese repudio a la violencia y su dolor, y eso es una anomalía y una vulneración constitucional», ha apostillado.

Emilio Olabarria (ex-CGPJ): «Me atrevo a afirmar que este JCVP no está contribuyendo a la consecución de la paz»

«Son personas que han cumplido todos los requisitos penitenciarios», ha insistido Olabarria. «Y lo que más me sorprende personalmente es que se afirme desde el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que esas manifestación de los presos ‘no suponen el abandono de las consignas de la banda’. ¿A qué banda se refiere? Yo no lo sé. Y esto nos lleva a una conclusión muy perversa: se está recurriendo a la ‘fictio iuris’ de que ETA sigue existiendo, hay una especie de flashback a 2011 o a 2018. Que un juzgado dicte resoluciones sobre criterios ambientales anteriores nos lleva a un problema, incumple el requerimiento del Código Civil de atender a la realidad social del momento. Me atrevo a afirmar que este JCVP no está contribuyendo a la consecuencia de la paz en Euskadi», ha concluido tajante.

Desde Behatokia, Aitzol Asla se ha encargado de presentar el monográfico remarcando que «es técnico, con datos y refleja la situación que se está produciendo. La situación se está enquistando porque el escollo vuelve a estar abajo, en instancias que están asumiendo las tesis de la Sala de la Audiencia Nacional».

Asla también ha mostrado su estupor por que se sigan apuntando argumentos como la posibilidad de delinquir cuando ETA ya no existe hace cuatro años y dejó de atentar hace más de diez. Y le ha añadido su preocupación por el riesgo de que este cuadro pueda desanimar a presos y presas en la reivindicación de sus derechos.