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Un juzgado paraliza cautelarmente el traslado de Cirugía Cardíaca de Basurto a Cruces

El Juzgado de lo Contencioso-Administratuvo número 1 de Gasteiz ha ordenado este lunes paralizar el traslado de la cirugía cardíaca del Hospital de Basurto al de Cruces. Esta «suspensión cautelar» estará vigente mientras se sustancia el procedimiento de demanda presentado por los médicos.

Concentración de protesta realizada en julio en contra el traslado de la unidad de Cirugía Cardíaca de Basurto a Cruces. (Monika DEL VALLE/FOKU)

Un juzgado ha ordenado este lunes paralizar, de forma cautelar, el cierre del Servicio de Cirugía Cardíaca del Hospital de Basurto, así como el traslado de su personal al Hospital de Cruces.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Gasteiz ha publicado un auto con dicha decisión adoptada a petición de los médicos de Cardiología de Basurto contra la orden de Osakidetza que establecía dicho cierre y traslado para el próximo 17 de noviembre.

Esta «suspensión cautelar urgente», que estará vigente mientras se sustancia el procedimiento principal de demanda presentado por los médicos, se justifica en que, de no concederse, existirían «perjuicios irreparables tanto para los recurrentes como para terceros (pacientes)».

Según se argumenta, si el servicio «se cierra y se desmonta, deja de existir» y si finalmente se admite la demanda en sentencia firme, «será poco menos que imposible volverlo a montar desde cero».

El auto añade que, además, el personal sanitario que trabaja actualmente en el servicio «integrará» otras unidades o habrá perdido actualización en la disciplina «porque la inexistencia de un plan de ordenación de recursos humanos» hace que los recurrentes «desconozcan cómo se les va a reasignar». «Se crearían situaciones jurídicas irreversibles que harían ineficaz la sentencia», indica.

Sin esta medida cautelar, una futura sentencia a favor de los demandantes también afectaría a la oferta docente y a los trabajos de investigación del citado servicio y este perjuicio «sería irreparable de manera económica».

La resolución también tiene en cuenta los «perjuicios» para los pacientes y cita a la Sociedad Española de Cardiología, que ha concluido que existe mayor mortalidad de pacientes cardíacos cuando ingresan en hospitales sin servicio de cirugía cardíaca.

«El interés general conduce en este caso, de forma indiciaria, a mantener los medios existentes y no cerrarlos, ni trasladarlos, ni refundirlos. El servicio debe considerarse desde su necesidad, antes que desde su eficiencia», se determina.

En el auto se hace también un «examen somero y no completo» del origen de esta controversia entre Osakidetza y los médicos del Servicio de Cirugía de Basurto, y establece que la orden de cierre y traslado redactada por Osakidetza «regula las consecuencias de una unificación» con Cruces «pero no adopta un acuerdo de unificación razonado y motivado».

«Al no haberse expresado las razones de la actuación, no se conocen los motivos y no puede ponderarse por los afectados y por los ciudadanos el balance del coste-beneficio» a la vez que «dificulta el posterior control judicial del acierto o corrección de la decisión administrativa de arbitrio». Contra este auto no cabe recurso.