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¿Quién protege al denunciante?

El mensaje amenazante a un parlamentario tras denunciar malas prácticas de un alto cargo de Lakua ante la Comisión de Ética pone de manifiesto la desprotección de quienes denuncian corrupción. Esas garantías son cruciales, y no se están aplicando.

Olatz Garamendi, consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno de Lakua, en el Parlamento de Gasteiz. (Jaizki FONTANEDA | FOKU)

El caso De Miguel, la mayor trama de corrupción destapada en Euskal Herria en los últimos años, difícilmente hubiera visto la luz si Ainhoa Alberdi no hubiera acudido en 2009 a la Fiscalía de Araba a denunciar que altos cargos del PNV en el herrialde le estaban reclamando una comisión de 100.000 euros por una adjudicación pública. Alberdi ejerció de lo que los anglosajones llaman «whisteblower», que suele traducirse como «alertador”» por lo peyorativo que resulta una traducción más literal como «soplón».

A menudo se olvida, pero muchos de los grandes casos de corrupción, aquí y en todo el mundo, no ven la luz debido solo a sesudas investigaciones periodísticas o judiciales. La mayoría de las veces todo empieza porque alguien que conoce determinada irregularidad levanta la voz de alarma. De ahí la importancia de proteger esta figura de los alertadores o denunciantes de casos de corrupción, sobre quienes acostumbra a caer la ira del denunciado, a menudo alguien en una posición de poder.

Alertadores desprotegidos

El propio caso de Alberdi, que ha tenido que dar y confirmar su testimonio en al menos cinco ocasiones, es un ejemplo de la falta de protección de quienes denuncian. Durante estos años ha sido señalada, se ha sugerido que todo era un invento, se le ha acusado de actuar por despecho y ha tenido que poner en riesgo su carrera profesional.

Otro ejemplo se destapó en estas páginas el domingo pasado, al dar cuenta del amenazador mensaje que la abogada de un denunciado envió a la persona que había alertado de su caso ante la Comisión de Ética Pública de Lakua.

Un parlamentario acudió a la Comisión para denunciar que un alto cargo del Gobierno había dado su conformidad a estudios elaborados por la empresa de ingeniería en la que había trabajado justo antes de acceder al cargo público. La Comisión dio validez a la denuncia y ordenó publicar en el BOPV su veredicto: el alto cargo «incurrió en un ‘cumplimiento insuficiente’ del Código Ético y de Conducta del Gobierno Vasco». Entre la decisión y su publicación en el BOPV, el parlamentario recibió un amenazante correo de la abogada del alto cargo denunciado. Es decir, no se garantizó el anonimato debido y se expuso al alertador. Aquel correo electrónico llevaba en copia a la consejera Olatz Garamendi, presidenta de la Comisión, que no se ha pronunciado.

Contra la directiva europea

La gestión de Lakua queda a años luz de las garantías contempladas en la directiva 2019/1937 de la UE, relativa a la «protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión». La norma parte de la constatación de que «los denunciantes potenciales suelen renunciar a informar sobre sus preocupaciones o sospechas por temor a represalias». Por ello, subraya «la importancia de prestar una protección equilibrada y efectiva a los denunciantes». La directiva tiene sus límites -no protegería casos como los de Julian Assange o Eduard Snowden-, pero ofrece ciertas garantías para proteger a quien da el paso de denunciar.

Esa directiva debió incluirse en la legislación estatal en 2021, a más tardar, pero el Gobierno español no lo hizo hasta el pasado 16 de febrero de este año, un día después de que la Comisión Europea amenazase con denunciar a Madrid ante el Tribunal de Justicia de la UE.

No parece, en cualquier caso, que en Lakua haya incomodado la falta de aplicación de la directiva comunitaria, dado que no ha tomado ninguna medida para aplicar su contenido ni para proteger a los denunciantes, tal y como se lo ha reclamado EH Bildu, por última vez la semana pasada, a través de una proposición de ley para sustituir una Comisión Ética que no ha sido capaz de cumplir con sus funciones.