INFO

Un juzgado rechaza la demanda de «ilegalidad» del proyecto del Obispado y Mutualia en Abando

Abando Habitable recurrirá ante el TSJPV la sentencia de un juzgado de lo Contencioso-Administrativo que no percibe «ilegalidad» en el proyecto de construir una clínica de Mutualia y dependencias de la diócesis en un solar de Bilbo. El colectivo vecinal lo califica de «pelotazo urbanístico».

Parcela donde se situaba la Escuela de Magisterio BAM, en Abando. (Abando Habitable)

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbo ha fallado en contra de la demanda que presentó la asociación Abando Habitable sobre la «ilegalidad» del proyecto previsto por el Obispado y Mutualia en la parcela que albergaba la antigua Escuela de Magisterio de la diócesis (BAM) en el centro de la capital vizcaina. La asociación vecinal ha anunciado que presentará un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV)

En un comunicado, Abando Habitable ha explicado que el 17 de enero celebrará una asamblea extraordinaria en la que espera que se ratifique esa decisión de recurrir esta decisión judicial y «continuar la lucha contra el pelotazo urbanístico».

El colectivo ciudadano ha recordado que la demanda impugnaba la licencia de obras porque consideraba que se había incumplido la finalidad de «interés general» que justificó la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Bilbo.

Según ha indicado, el Plan fue modificado para que se pudiera materializar el Proyecto Bizkeliza Etxea del Obispado –que albergará todos los servicios de la diócesis de Bilbo– pero «no para dedicar más de la mitad a una clínica privada». Ha añadido que, de acuerdo a los planos del edificio, la clínica de Mutualia ocuparía el 54% de la edificabilidad total.

Discrepancia

La sentencia dice que la modificación del PGOU simplemente desvincula la parcela del Obispado del uso exclusivamente docente para que sea equipamental pero, a juicio de Abando Habitable, eso «no es cierto» porque «la memoria que motivaba el cambio de uso del suelo, y lo que se votó en el pleno municipal, lo hacía para que el Obispado construyera su sede diocesana, en aras del interés general».

«Esta memoria es legalmente vinculante. Es precisamente este concepto jurídico de ‘memoria vinculante’ el que posibilitó que, gracias a una sentencia del Tribunal Supremo, los vecinos de un barrio de Madrid recuperaran las viviendas que se les habían prometido», ha añadido.

Por otra parte, también se impugnaba el aspecto relativo al cumplimiento de los llamados «estándares locales obligatorios en los suelos urbanos no consolidados». Abando Habitable ha precisado que la normativa exige ceder para el uso público una superficie equivalente al 6% de la parcela pero, sin embargo, «el porche de 140 m2 sobre una superficie privada del proyecto obispal, como queda definido en el proyecto, no equivale de ninguna manera a cumplir con la exigencia».

Dos sentencias anteriores

La asociación vecinal ha indicado que, en el pasado, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha sido «clara» al respecto en las dos sentencias que ha fallado sobre este tema (2017 y 2021) y entender que «al modificarse la ordenación pormenorizada es obligatorio cumplir con los estándares». «No lo entiende así el fallo de la sentencia que se va a recurrir», ha añadido.

Por último, la demanda también impugnaba la autorización de inicio de las obras y, según la sentencia, parece «como si el Ayuntamiento de Bilbao hubiera aprobado la construcción de una estructura vacía».

Sin embargo, según Abando Habitable, la autorización del inicio de las obras no se limita a permitir la ejecución de una estructura sin un uso definido, sino de «un proyecto con unas distribuciones y mobiliario vinculadas a unos usos muy concretos, que fueron definidos en el proyecto básico».

«Que el Ayuntamiento haya aprobado la construcción de la primera fase de la obra, la excavación y estructura hasta cota 0 del proyecto de ejecución, en el que técnicos municipales han detectado cambios sustanciales, no le exime de controlar los usos que se le van a dar al proyecto», exponen. Por todo ello, recurrirá al TSJPV para que declare «la ilegalidad» del proyecto.

Por último, ha recordado que el Ayuntamiento les dio «la razón» tras sus denuncias «reiteradas» de «incumplimientos» de las medidas recogidas en la licencias de obras pero el Área de Urbanismo «se había limitado a ‘recordar’ a la empresa constructora que no debía hacerlo».

Sin embargo, Abando Habitable ha asegurado que, «ante la incapacidad o falta de voluntad de hacer cumplir las obras», el siguiente «paso que ha dado Asier Abaunza, el concejal de Urbanismo, ha sido cambiar las normas para hacerlas menos restrictivas, mediante la modificación de la licencia».