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El fiscal del Supremo también se opone a investigar a Puigdemont por «terrorismo»

El fiscal del Supremo coincide con el de la Audiencia Nacional y considera que no existen indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y que los hechos no eran constitutivos de «terrorismo», sino de «desórdenes públicos graves». El informe debe someterse a la junta de fiscales del Supremo.

Carles Puigdemont, en una reunión con la dirección de Junts. (Francois Walschaerts | AFP)

El fiscal del Tribunal Supremo (TS) Alvaro Redondo ha emitido un informe donde se opone a que el alto tribunal investigue a Carles Puigdemont por «terrorismo», contestando así a la exposición razonada que envió al TS el juez de la Audiencia Nacional (AN) que instruye el caso contra Tsunami Democràtic, Manuel García Castellón, para que imputara al expresident catalán por estos delitos.

Según ha avanzado ‘El Confidencial’ y han confirmado fuentes fiscales a Europa Press, Redondo sigue la tesis del fiscal de la Audiencia Nacional Miguel Angel Carballo, que recurrió el paso dado por el juez instructor al considerar que no existían indicios suficientes para proceder contra Puigdemont y que los hechos no eran constitutivos de «terrorismo», sino de «desórdenes públicos graves». De esta manera,  solicita devolver la causa a García Castellón para que continúe la instrucción.

En su escrito, el fiscal repasa las acciones de Tsunami como el bloqueo del aeropuerto de el Prat y concluye que para que esos hechos sean calificados de «terrorismo» debe producirse un delito grave contra la libertad, lo que entiende que no ocurrió.

Dicho de otro modo, el posible delito de «terrorismo» que apunta García Castellón «solo se daría si se considerara aplicable el artículo 573 del Código Penal, según el cual la comisión de un delito grave contra la integridad física o moral, o contra la libertad, llevado a cabo para alterar gravemente la paz pública, constituye un delito de terrorismo».

De esta forma, descarta calificar los hechos como «terrorismo», porque no ve indicios de este delito en los incidentes de El Prat, ni en el encierro de los controladores, ni en el bloqueo del aeropuerto, ni en las lesiones a los policías ni en la muerte de un ciudadano francés que falleció por un infarto.

Sobre esto último, afirma que «la muerte por paro cardíaco aparece vinculada a una enfermedad cardíaca crónica» de esta persona, por lo que «parece evidente que dicho suceso no puede imputarse a la concreta actuación de los señores aforados», como Puigdemont y el diputado catalán Rubén Wagensberg, que ahora se encuentra en Suiza, como tampoco «ninguna de dichas lesiones» a los agentes.

El fiscal sí aprecia que en los hechos vinculados con Tsunami Democrátic existen indicios de desórdenes públicos agravados, como los ocurridos en el aeropuerto y las lesiones de los policías, falsedad documental, cocciones y daños pero en ningún caso, incide, se les pueden atribuir a los dos aforados.

Así, precisa que los indicios tenidos en cuenta por el instructor Manuel García Castellón «resultan demasiado abiertos, para poderse afirmar que concurre la situación procesal que permitiría, razonablemente, que el Tribunal Supremo asumiera la competencia».

Por todo ello, el fiscal considera que «procede indicar al instructor que debe continuar las investigaciones, al no concurrir indicios racionales de criminalidad en este momento procesal que justifiquen la elevación de la causa» al Supremo.

Este informe del fiscal del Tribunal Supremo será estudiado este martes por la Junta de Fiscales de la Sección Primera del alto tribunal, donde las decisiones se toman por mayoría.

Una vez emitido el informe definitivo de la Fiscalía del Supremo, el magistrado Juan Ramón Berdugo, como ponente del asunto, será el encargado de proponer a la Sala de lo Penal del alto tribunal si procede o no su admisión.

Fue el pasado noviembre cuando el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 dirigió la causa contra Puigdemont, citando como testigo a Arnaldo Otegi, y, poco después, elevó una exposición razonada al Supremo pidiendo que le imputara por «terrorismo», dado que el líder independentista está aforado ante este tribunal.

«En el vértice de Tsunami Democràtic»

En un escrito de más de 100 páginas, García Castellón argumentó que existen «indicios» de la participación de Puigdemont, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y otras diez personas en la comisión de hechos «susceptibles de integrar un delito de terrorismo».

El magistrado situó a Puigdemont en el «vértice más alto de la organización» de Tsunami Democràtic, indicando que su posición como expresident y «líder desde Bruselas del independentismo le atribuye una posición de autoridad incuestionable».

Entonces, se basó en los mensajes a través del móvil entre su jefe de gabinete, Josep Lluís Alay, y Jesús Rodríguez, las anotaciones de la agenda del primero o el impulso de Puigdemont a través de Twitter del lanzamiento de la plataforma de Tsunami Democràtic.

García Castellón explicó que para «el esclarecimiento de los hechos» era necesaria la práctica de diligencias de investigación que no podía llevar a cabo dada la condición de aforado tanto de Puigdemont como del diputado del Parlament de Catalunya Rubén Wagensberg, contra el que también dirigió la causa.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional recurrió esa primera decisión de dirigir las pesquisas contra Puigdemont al entender, por un lado, que no hay indicios «suficientes» contra él y, por otro, que la AN «no es competente» para investigar el caso porque los hechos no serían «terrorismo» sino «desórdenes públicos agravados».

En enero, el instructor rechazó el recurso de reforma presentado por la Fiscalía contra la petición al TS, alegando que las últimas diligencias practicadas hasta la fecha han permitido «consolidar la hipótesis inicial».

Pide localizar a Rubén Wagensberg

Mientras el Supremo decide, el juez García Castellón continúa con sus diligencias y este mismo lunes ha pedido a la Guardia Civil localizar al diputado de ERC Rubén Wagensberg. En un auto, afirma que «determinar la localización de Wagensberg y asegurar su disponibilidad ante el órgano de instrucción resulta un hecho relevante para los fines de la instrucción sumarial», y sugiere que cabe la posibilidad de que «el investigado pudiera haber tratado de abstraerse de la acción judicial».

Por eso, solicita a la Guardia Civil que «realice las comprobaciones pertinentes para asegurar si el investigado se encuentra en su domicilio y si acude a su lugar de trabajo habitual».

Además, ha reclamado a la Agencia Española de Seguridad Aérea (EASA) información relativa a los hechos acontecidos en el Prat en octubre de 2019 y que se informe de los mismos a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para que acredite si se ha realizado alguna actuación al respecto.

Letrados del Congreso, por un nuevo dictamen

Los servicios jurídicos del Congreso español consideran que, en contra de lo que plantean el PP y Vox, la Ley de Amnistía no decayó la semana pasada tras la segunda votación que tuvo lugar en el Pleno y, en este contexto, apuestan por devolverla a la Comisión de Justicia y dar un plazo de quince días naturales, que acaba el 21 de febrero, para aprobar un nuevo dictamen sobre el texto.

Así consta en el escrito redactado por los letrados de la Cámara, al que ha tenido acceso Europa Press, un documento que no es vinculante y que la Mesa del Congreso tiene previsto analizar en su reunión de este martes.

El PP y Vox sostienen que la proposición de Ley de Amnistía decayó el pasado martes porque en la votación de carácter orgánico a la que se tuvo que someter por tener la norma ese rango, fue rechazada por 179 votos, tres por encima de mayoría absoluta.

Sin embargo, los letrados rechazan ese argumento alegando que en la votación anterior el dictamen de la comisión había sido respaldado por el Pleno, y por mayoría absoluta, así que defienden que la norma debe regresar a la Comisión de Justicia para una egunda oportunidad, respaldando la decisión anunciada tras la votación por la presidenta de la Cámara, Francina Armengol.

Además, apuntan que al tramitarse por la vía de urgencia, la comisión contará con quince días y no con un mes, para emitir un nuevo dictamen. En concreto, plantean que sean quince días naturales y fijan en el próximo 21 de febrero la fecha tope para un acuerdo.