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CONSUMO

Reclamaciones tras los viajes


De vuelta de las vacaciones, en ocasiones nos tenemos que enfrentar con la agencia que nos vendió el viaje para reclamar por el mal servicio prestado, bien porque el alojamiento no era el esperado, bien porque alguno de los otros servicios fallaron o no llegaron a realizarse. Tiene su arreglo.

Lo primero es reclamar en el propio destino, y en la actualidad los teléfonos móviles facilitan hacerlo mejor que hace unos años. Claro que para éllo la agencia de viajes nos habrá tenido que facilitar un contacto para imprevistos que esté operativo las 24/7 por si acaso. Puede ocurrir que no lleguemos a solucionar el problema durante el viaje, así que de vuelta la Ley prevé un “Régimen de responsabilidad de las agencias de viajes y los organizadores” y nos da un plazo de hasta dos años para reclamar.

Conviene haber recogido todas las pruebas posibles que sustenten nuestra reclamación, como el contrato y los folletos publicitarios, incluidas fotografías que refuercen nuestros argumentos. Al igual que facturas de taxis, y otros pagos que hayamos tenido que desembolsar si nuestro caso es de cambio de alojamiento,etc.

La reclamación, además de hacerla de forma verbal, es recomendable hacerla por escrito junto con copias de la documentación. En caso de que la agencia trate de “marear la perdiz” esa misma reclamación se puede presentar en la Consejería de Turismo de la Comunidad Autónoma correspondiente, lo que no evita en ninguna circunstancia que podamos optar por la vía judicial, y más si nuestra reclamación de cuantía dineraria no es elevada, porque son procesos relativamente rápidos y sin costos. Pero cuidado, si aceptamos someternos al arbitraje que nos proponga la Administración, aunque tampoco supone gasto alguno para quien reclama, si el laudo arbitral no nos convence como esperábamos ya no hay vuelta atrás, porque el mismo tiene la misma validez que una sentencia judicial.

Nuestra decisión para optar por una u otra vía deberemos sopesarla bien, analizando el fondo del asunto y la valoración de los perjuicios que estimamos se nos han ocasionado. La vía judicial, sin duda, ofrece mayores garantías y seguridad jurídicas, aunque en reclamaciones parciales del contrato la opción de la mediación o arbitraje es adecuada.