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CONSUMO

Nueva normalidad


Así pasa a denominarse la nueva situación que ha sucedido al estado de alarma, ya por fortuna hibernando, y que el nuevo Decreto-Ley 21/2020 del 9 de junio, entre otras disposiciones, subraya bien en lo referente a los derechos de las personas como consumidoras y usuarias. Con la redacción se intentan corregir las interpretaciones libres (e interesadas de parte) que se han ido haciendo y practicando sobre la resolución en determinados contratos y los plazos para el reembolso de cantidades pagadas por los clientes.

En concreto, los viajes combinados y transportes cancelados, tema que recogíamos la pasada semana en pleno rifirrafe entre Gobierno español / asociaciones de consumidores y de juristas, que buscaban la justa reparación para los y las consumidoras. De ahí que esta columna podría haberse titulado “Con V de victoria”, pero se impone la regla de mesura deontológica.

Cambios en las condiciones. Las modificaciones a las malas práxis ya empiezan a darse y cabe subrayar sobre todo la del Imserso (Instituto de Mayores y Servicios Sociales), precisamente de cara al colectivo más tocado en esta pandemia. La institución se autocorrige ahora en un nuevo documento que dice: «No se cobrarán gastos de anulación, ni de gestión, por lo que los usuarios recibirán en la cuenta bancaria facilitada al efecto o en la tarjeta de crédito o débito en la que realizaron el pago, la cantidad íntegra abonada». Es decir, sustituyendo al anterior que decía «los usuarios recibirán [...] la cantidad correspondiente, una vez deducidos los gastos de gestión, que ascienden al 6,2% del importe total del precio del viaje interrumpido» y que pasa al anecdotario sobre las cosas que han ido ocurriendo durante el estado de alarma con el objetivo de ver si colaban.

En cuanto a las cantidades pagadas, se establece el plazo automático de catorce días para el reembolso del importe del bono a la finalización de su periodo de validez, si este no ha sido canjeado. Se elimina la posibilidad de no realizar el reembolso al consumidor cuando el proveedor no haya devuelto los importes de los servicios a la agencia.