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CONSUMO

Reclamar es un derecho


Es habitual que, como personas consumidoras, tengamos alguna incidencia: un transporte que se retrasa, un hotel que no cumple con los servicios publicitados, un evento que se suspende, aseguradoras que deniegan las coberturas que supuestamente cubrían, restaurantes que nos cobran por productos o servicios sin informarnos, etc.

Como consumidores podemos presentar quejas, reclamaciones y denuncias relacionadas con el consumo de productos y servicios, pues es nuestro derecho. Una vía de reclamación como es el procedimiento administrativo se hace a través de las hojas de reclamaciones. La tenencia de estas hojas en papel es una obligación para todo establecimiento que venda productos o servicios a personas consumidoras. También se pueden hacer por medios digitales o de forma presencial. Lo pueden hacer por ellas mismas o a través de las asociaciones. 

OBLIGATORIO

&eot;Todos los establecimientos están obligados a informar que disponen de hojas de reclamaciones en un cartel (en nuestro caso bilingüe) de forma perfectamente visible y legible. El tamaño de las letras de ese mensaje debe ser, como mínimo, de un centímetro. La negativa a facilitar hojas de reclamaciones, el no disponer de ellas o el no anunciarlas debidamente son infracciones sancionables. También están obligadas las tiendas online que no dispongan de tiendas físicas. Estas hojas se pueden adquirir online o en las oficinas de la&eot;&eot;dministración (aquí en Kontsumobide)Es&eot;una vía acumulable para otros procedimiento&eot;&eot;&eot;&eot; a pesar de que no se vaya a obtener directamente la reparación económica, debería servir para que otros usuarios no sufran la misma situación. Siempre es aconsejable acudir a una asociación de consumidore&eot; especializad&eot; a la hora de representarnos en cualquier procedimiento