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CONSUMO

Slamming en telefonía


El término hace referencia a un procedimiento por medio del cual se produce un cambio de compañía de telecomunicaciones sin el consentimiento previo por parte de la persona consumidora y usuaria, utilizándose para ello técnicas fraudulentas. En fin, anglicismos aparte de los que no podemos sustraernos, el tema de hoy es bastante usual, en tanto se sigue sin hacer caso a la prohibición de llamadas telefónicas publicitarias no deseadas.

Al objeto de evitar los efectos del slamming como primer paso, hay unas recomendaciones básicas como son las siguientes:

• Si se recibe alguna llamada telefónica por parte de una supuesta compañía de telecomunicaciones, antes de tomar una decisión, convendría confirmar con la compañía la veracidad o legitimidad de dicha llamada. De haber recibido una llamada publicitaria sin el consentimiento del que la recibe, esto es denunciable ante la Agencia de protección de datos, ya que la obtención de este consentimiento debe cumplir con el Reglamento 2016/679. Esto significa que se requiere un «acto afirmativo claro que refleje una manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca».

• Las operadoras telefónicas se refugian en cualquier aspecto para justificar que has aceptado su oferta. Por esta razón, hay que asegurarse de responder siempre con un claro NO ante cualquier proposición que no se quiera contratar. Una mera receptividad a la información ofrecida puede ser ‘interpretada' por el operador como un consentimiento. O al menos así lo vienen esgrimiendo en su defensa a la hora de las denuncias

• Si a pesar de todo uno es víctima de slammnig, hay que proceder a la reclamación ante organismos de Consumo y ponerse en contacto con la operadora de la que nos han “dado de baja” sin nuestro consentimiento.