2015 EKA. 04 El TS pone fin al uso de declaraciones policiales no ratificadas El Tribunal Supremo ratifica la doctrina ya existente del Constitucional y acuerda que las declaraciones policiales no serán válidas como prueba exclusiva. Cinco jueces se oponen. Alberto PRADILLA MADRID Las declaraciones efectuadas ante la Policía pero no ratificadas delante de un juez no podrán ser utilizadas como prueba en una vista oral. Así lo certificó ayer un acuerdo de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo español que determina que los testimonios obtenidos únicamente en comisaría «no tienen valor probatorio». En realidad esta máxima venía aplicándose en la Audiencia Nacional cada vez con mayor frecuencia desde 2010, cuando el Tribunal Constitucional hizo pública su sentencia 68/2010 de 18 de octubre que ya fijaba este criterio. Sin embargo el Supremo, al menos en teoría, mantenía la doctrina de 2006, cuando sí dio carácter probatorio a estos testimonios solo con que fuesen ratificados por los policías en calidad de testigos. Un acuerdo al que invocaban las salas menos garantistas o los fiscales (que en muchas ocasiones solo disponen de los testimonios obtenidos durante la incomunicación para mantener una acusación) pero que no solía encontrar apoyo en las sentencias, que se remitían al fallo del TC. Incluso el propio Supremo ha seguido este criterio, en contra de su propio acuerdo, en sentencias como la reciente absolución de Oihana Mardaras. Con el nuevo posicionamiento ya no hay lugar a la duda: el TS es el que sienta jurisprudencia. Reticencias de los jueces Según la decisión hecha pública ayer declaraciones policiales no ratificadas no podrán ser usadas como prueba en un proceso. «Tampoco pueden ser incorporadas al acervo probatorio mediante la llamada como testigos de los agentes policiales que las recogieron», añaden los jueces. Solo apuntan a una excepción: que los testimonios obtenidos en comisaría pudiesen ser corroborados por otra vía. Hasta el momento los agentes sí que declaraban en vista oral para ratificar lo apuntado en el atestado y asegurar que los interrogatorios se desarrollaron «con todas las garantías», ya que esta era una condición mencionada por el TC. Un desfile rutinario en el que Fiscalía y agentes se dedicaban a tratar de desmontar las denuncias de tortura y que luego no se tomaba en cuenta en la sentencia. En principio, estas citaciones deberán limitarse ahora a la excepción fijada por el TS. Hasta el momento, y pese al criterio del TC, todavía había jueces que se resistían. De hecho, el Pleno del Constitucional se reafirmó en su doctrina en una resolución de octubre de 2014. La discusión entre la judicatura se observa también en el hecho de que cinco magistrados del TS (José Manuel Maza, Julián Sánchez Melgar, Carlos Granados, Francisco Monterde y Antonio del Moral) se han opuesto. El fondo del asunto, las denuncias de torturas tras las declaraciones policiales, es una cuestión que sigue pendiente. Arrozpideren aurkako mendekua gauzatu dute: ia hiru urte gehiago Beste estatu batean betetako espetxealdia zigorretik kentzeko aukera ekidin zuen aurreko astean Auzitegi Gorenak. Eta orain, Auzitegi Nazionalak Europako irizpidea ontzat hartuta kalean utzi zuen Santi Arrozpide lasartearraren aurkako mendekua gauzatu du. Gogorarazi behar da zigorra guztiz beterik zuela-eta abenduan askatua izan zela, baina gero bere aurkako beste prozedura bat ireki eta urtarrilaren 20an kartzelatu zuten berriz. Bat-batean hasitako auzi horrengatik 17 urteko zigorra jarri zion atzo Auzitegi Nazionalak berak, nahiz eta onartzen duen ezin duela barruan eman 30 urtetik gora. Jada 27 bete dituela kontuan izanda, aldaketarik ezean ia hiru gehiago pasatu beharko lituzke espetxean. 1986. urtekoa den eta azkenean burutu ez zen ekintza saiakera baten ardura egotzi diote, orduan Estatuko fiskal nagusi zen Luis Antonio Buron Barbaren aurkakoa, hain zuzen ere. ETAko Madrilgo komandoko kide izandako eta orain damuturik den Juan Manuel Soarez Ganboaren lekukotasuna hartzen du oinarri, Madrilen egiten ziren ekintza horiek guztiak Arrozpidek «zuzenean agintzen zituela» esan baitu. Horretaz guztiaz gain, atxilotzeko unean Buronen hainbat argazki aurkitu omen zuen Poliziak bere etxean. Oraindik beste epaiketa bati aurre egin beharko dio presoak, berrabiatutako beste auzi bat dela-eta, hilaren 24an. La AN insiste en perseguir a Goioaga El juez de la Audiencia Nacional española, Eloy Velasco, elevó ayer una exposición razonada al Tribunal Supremo para que tome declaración como imputado al senador de Amaiur Iñaki Goioaga, al que pretende incluir en la causa que instruye contra la solidaridad hacia los presos vascos y, en concreto, contra sus abogados. Goiaga debería testificar ante el Alto Tribunal por su condición de aforado. En un auto de 16 páginas, el magistrado le acusa de «integración en organización terrorista» por su labor como letrado, así como de «financiación del terrorismo, delito tributario, fraude a la Seguridad Social y blanqueo de capitales». La tesis que maneja Velasco sigue la doctrina fijada por la Guardia Civil en diversos informes en los que se considera que los togados ejercen a «las órdenes de ETA» y utiliza como supuestas «pruebas» las visitas que como letrados efectúan a las prisiones. El movimiento de la Audiencia Nacional fue duramente criticado por Sabino Cuadra, diputado de Amaiur, quien denunció la actitud «vengativa e irracional» del Estado. Según explicó, su compañero está «tranquilo» y convencido de que todo se debe a una «operación mediático-política» de la que el PP quiere «sacar rentabilidad» tras su batacazo electoral del 24 de mayo. La coalición abertzale también informó de que interrogará al Gobierno español sobre la denuncia formulada el lunes por nueve médicos contra los forenses de la Audiencia Nacional española, a quienes acusan de amparar la tortura. A.P.