2017 API. 04 INSTRUCCIÓN DE LA MUERTE DE IñIGO CABACAS Tres mandos serán juzgados por el homicidio involuntario de Cabacas El oficial 3389, responsable de la zona, y los suboficiales 1283 y 5351 que tenían a su cargo las dotaciones de dos furgonetas serán juzgados del homicidio imprudente de Iñigo Cabacas. Los agentes que habían sido investigados como posibles autores del disparo quedan exonerados al no poderse determinar con certeza la autoría del tiro mortal. Azken eguneraketa: 2017 EKA. 19 - 13:40h Iñaki IRIONDO gasteiz Cuando mañana se cumplen cinco años del pelotazo en la cabeza que mató al hincha del Athletic Iñigo Cabacas, la jueza Ana Torres ha decidido llevar a juicio a tres mandos que aquella fatídica noche del 5 de abril de 2012 se encontraban en la zona, uno como responsable del sector y los otros dos al cargo de las dotaciones de dos furgonetas. Les acusa de homicidio por imprudencia profesional grave. A dos, por haber ordenado directamente disparar. Al de mayor rango, por haber permitido que se dispara. A los tres por unas cargas que «infringían los más elementales principios profesionales de actuación». La causa queda provisionalmente sobreseída para los tres únicos ertzainas que reconocieron haber disparado, puesto que no ha sido técnicamente posible acreditar quién fue el autor material del pelotazo que mató a Iñigo Cabacas, ya que en el propio auto se reconoce que hay indicios de que fueron más los agentes que usaron sus armas aunque no lo reconocieran. La cadena de mando, libre Y fuera de la instrucción han quedado en todo momento el actual jefe máximo de la Ertzaintza, Jorge Aldekoa, que era entonces intendente jefe de la ertzain-etxea de Bilbo y responsable de todo el operativo montado para aquel día desde antes del partido. Tampoco aparece implicado el comisario subjefe de seguridad ciudadana, que era el supervisor de todos los sectores en los que se dividió el operativo. Y la jueza nunca ha querido tener como imputado en esta causa al conocido como «Ugarteko», que fue quien por radio estuvo dando órdenes de entrar y cargar a los mandos que estaban en el lugar de los hechos. «Un riesgo inadmisible» La jueza sostiene que el oficial 3389, responsable del sector, permitió primero «con total inacción» que «los agentes disparasen con pelotas a pesar de no cumplirse las condiciones para hacer uso de tal material, generando un riesgo inadmisible». Esta actuación se agravó al dar «la orden de cargar cuando se dirigían al callejón» A los suboficiales 1283 y 5351, que mandaban cada uno a la dotación de una furgoneta, les atribuye también el delito de homicidio imprudente por haber ordenado disparar «en condiciones que infringían los más elementales principios profesionales básicos de actuación». Disparo «mortal de necesidad» El auto determina que «se infringieron las normas elementales de prudencia profesional», cuando se disparó a una distancia «suficiente para causar resultados letales», disparo «mortal de necesidad» si alcanzaba a alguien en el cráneo. Además, al disparar hacia un callejón sin otra salida que un túnel al fondo de la plazoleta, aquello se convirtió en un «lugar de atrapamiento, impidiendo que todos los ciudadanos allí congregados pudieran dispersarse». A esto añade la jueza que «en el momento en el que se produjo la carga de disparos con pelota no concurrían circunstancias de grave riesgo» que hicieran necesario su uso. Por todo ello, la acusación contra estos tres mandos será el de homicidio imprudente, tal y como había solicitado la familia de Iñigo Cabacas. Esclarecidos solo parte de los hechos, no todos en su integridad La jueza Ana Torres reconoce en su auto que «tras una larga instrucción, de las diligencias practicadas ha de afirmarse que sobre lo acaecido el día 5 de abril de 2012 han podido esclarecerse de manera indiciaria parte de los hechos, no todos en su integridad». Y es que todo indica que en algún momento se estableció entre los implicados algún tipo de pacto explícito o implícito de autoprotección. Por ejemplo, solo dos agentes reconocieron haber efectuado disparos de pelotas de goma, cuatro cada uno, y otro agente más afirma que también disparó pero cuando Iñigo Cabacas ya estaba en el suelo. Es decir, solo se admite que hubo ocho pelotazos, y el resultado fue de tres heridos, un golpe en la carpa de un bar y otro en el mostrador, además de testigos que refieren muchos más disparos. La propia jueza, e incluso «Ugarteko» en su declaración como testigo, sostiene que hubo más agentes que dispararon. También lo dijeron los ertzainas entonces imputados en declaraciones a un medio de comunicación. A la evidencia de que hay ertzainas que no dijeron la verdad, hay que sumar un supuesto descontrol de las armas y pelotas entregadas y recibidas en comisaría, y la falta de colaboración de las autoridades políticas con algunas de las peticiones realizadas por la acusación particular, y la inacción de la Fiscalía, lo que ha convertido el caso en una carrera de obstáculos para la acción ejercida por la representación legal de la familia de Iñigo Cabacas.I.I.