2018 API. 24 Revés judicial a la designación «a dedo» de cargos en EiTB El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia dictada en 2016 por el Tribunal Superior del País Vasco según la cual las plazas vacantes de Jefe de Sección de la ETB deben cubrirse con personal de la plantilla de la empresa y no por directivos. Koldo LANDALUZE DONOSTIA La Sala de lo Social del Tribunal Supremo de Madrid ha confirmado la sentencia que fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el 27 de setiembre de 2016. Dicha sentencia declara que las plazas vacantes de Jefe de Sección de los Servicios Informativos de ETB deben ser cubiertas por personal de plantilla de la empresa. De esta manera, el tribunal ha desestimado el recurso de casación interpuesto por ETB contra la sentencia recurrida, que estimó en parte la demanda que fue interpuesta originalmente por el sindicato LAB y en la que solicitaba que se declarase que era «contraria a derecho la práctica de la empresa por la que se cubrían los puestos de Jefe de Sección de Economía, Cultura y de Sociedad de la Redacción de Informativos con personal directivo o gestores». LAB ha valorado muy positivamente esta confirmación de la sentencia dictada por el TSJ del País Vasco ya que, según ha revelado a GARA el sindicato abertzale por boca de Andoni Basabe, «lo que ha confirmado Madrid debería poner punto y final a una práctica abusiva y sectaria que fue puesta en marcha por Andoni Ortuzar cuando ostentaba el cargo de director general de EiTB y que se tradujo en la adjudicación ‘a dedo’ de una gran número de plazas de jefatura dentro del ente. A través de esta maniobra, en la que los cargos de responsabilidad informativa estaban en manos de personas de confianza del propio director general, se pretendía preservar y dictar una línea editorial acorde a la política del partido gobernante en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa». Basabe también ha querido subrayar lo que el propio tribunal de Madrid establece en su resolución y que alude a que las plazas vacantes de Jefe de Sección de los servicios informativos de ETB deben ser cubiertos por personal de plantilla de la empresa, ya que «el puesto de jefatura de sección de los servicios informativos está basado en la confianza de la Dirección de la empresa».