2019 EKA. 07 JOPUNTUA Estado paranoico Alvaro Reizabal Abogado Es indudable que el juicio del procés está dejando autenticas perlas y noticias difíciles de comprender, al menos por el común de los mortales. Sin ir más lejos lo de ayer, es de hacérselo mirar. Resulta que el Ministerio Fiscal ejerce la acusación en el proceso en nombre del Estado y califica los hechos, que esencialmente consisten en la organización del referéndum del 1-O, como constitutivos de un delito de rebelión, habla de un autentico golpe de Estado moderno, no duda de la existencia de violencia y solicita penas elevadísimas, disparatadas, de hasta veinticinco años para alguno de los acusados, por algo tan democrático como llamar a las urnas a la ciudadanía. Por su parte, la Abogacía del Estado que, como su nombre indica, asesora y representa al Estado en el mismo juicio, no aprecia la existencia de la violencia constitutiva de rebelión y mantiene que los hechos son constitutivos del delito de sedición, porque la violencia no fue nuclear ni estructural en lo sucedido, y, aunque también pide exacerbadas penas para los acusados, parece una madre si se compara con lo que defiende la Fiscalía. Visto desde fuera, parece difícil de entender que si ambas instituciones representan en alguna manera al Estado se produzca una tan radical diferencia de criterios en un tema de tanta trascendencia como este, que afecta de manera esencial al futuro de la vida de los acusados. ¿Es compresible que en nombre del mismo Estado se soliciten penas del doble o la mitad? Sinceramente, no es fácil de entender, aunque muchas veces la táctica de pedir penas astronómicas tiene una doble finalidad: por un lado llevar a los acusados a alcanzar acuerdos con serias condenas ante la amansa de un mal mayor. De otro, que aunque la sentencia condene a penas muy graves, parezcan ventajosas al ser menores que las solicitadas por la acusación. El mismo día en que las acusaciones publicas daban este edificante espectáculo, otra sala del Supremo suspendía la exhumación de Franco y mantenía en su resolución que fue jefe del Estado desde el 1 de octubre de 1936. De traca. Parece difícil de entender que si ambas instituciones representan en alguna manera al Estado se produzca una tan radical diferencia de criterios en un tema de tanta trascendencia