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El TS tumba el sistema de becas de la CAV para FP y Bachillerato

El sistema de becas no universitarias de la CAV ha quedado desbaratado tras una sentencia del Tribunal Supremo que sostiene que el régimen de ayudas a los estudiantes debe ser el mismo en todo el Estado. Esto va a afectar, por ejemplo, a los umbrales de renta que dan derecho a acceder a una beca, que son más restrictivos en la normativa estatal.


El Tribunal Supremo español ha asestado un nuevo golpe al marco competencial de la CAV al laminar algunos de los apartados más importantes del sistema de becas en los niveles no universitarios: Formación Profesional y Bachillerato. En una sentencia difundida por las agencias, el tribunal considera que Lakua se excede en la gestión de sus atribuciones y que las cuantías y requisitos económicos deben ser los mismos en todo el Estado para «garantizar una política educativa homogénea». Esta decisión irá en perjuicio de los alumnos vascos, pues en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa existe una cobertura más amplia.

«Escaso margen de desarrollo»

El conflicto tiene su origen en 2014, cuando la Abogacía del Estado recurrió las becas para estudiantes no universitarios del curso 2014-2015, al considerar que planteaba una estructura y contenidos diferentes a los estatales. En 2016, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) dio la razón al Estado, y ahora el Supremo ratifica aquel fallo y rechaza el recurso del Gobierno de Lakua, donde se argumentaba que la financiación de las becas con cargo a sus presupuestos no interferían en la financiación estatal y que la legislación básica del Estado solo opera en ayudas de este tipo cuando se financian con cargo a los presupuestos generales.

Por contra, el TS sostiene que el hecho de que «se financie con recursos propios no determina que la competencia transferida no contravenga el marco competencial establecido», y afirma que la jurisprudencia constitucional deja «un escaso margen de desarrollo a la normativa autonómica», añadiendo que de aceptarse la tesis de Lakua, «la regulación autonómica podría establecer un sistema paralelo» que «conduciría a que los estudiantes, dependiendo del lugar de residencia y de la comunidad en que quieran cursar sus estudios, no tendrían las mismas oportunidades». Fuentes del Departamento Educación indicaron a Efe que están analizando la sentencia «para conocer la incidencia que pueda tener».

La sentencia incluye un voto particular de dos magistrados que consideran que se debió aceptar el recurso al estimar que las comunidades con competencias plenas en materia de enseñanza tienen «capacidad normativa para desarrollar la regulación estatal y establecer» con cargo a sus «propios presupuestos un sistema adicional o complementario de becas y ayudas al del Estado». Estos jueces mantienen que el Estado «debe permitir a las comunidades autónomas concretar, desarrollar o complementar la regulación de las condiciones de otorgamiento de las ayudas públicas».

Rendimiento y renta

Entre los puntos que Lakua deberá modificar se haya el que se refiere al rendimiento académico, pues el decreto estatal exige a los alumnos de los cursos de preparación para las pruebas de acceso a la FP y la Universidad que superen el 50% de las asignaturas, o que devuelvan el dinero, un requisito que no existe en la norma vasca. El fallo también afectará a los umbrales de renta que dan derecho a acceder a una beca, que son más restrictivos en la normativa estatal.