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VIOLENCIA POLICIAL

Zudaire, verdad y fin de las pelotas de goma, deberes tras 10 años de lucha

Tras diez años de batalla judicial, la Audiencia Nacional ha reconocido la responsabilidad patrimonial del Estado en las lesiones de Aingeru Zudaire por un pelotazo policial. Pero este sábado en Atarrabia se ha remarcado lo que falta para lograr reconocimiento y no repetición. Y el Gobierno de Navarra tiene un papel determinante a la hora de hacer justicia.

Gasterarena, Zudaire y Martín en el acto de Atarrabia en el que han pedido una reparación pública. (Iñigo URIZ | FOKU)

«¡Ojo! Reconocimiento, reparación y no repetición». Con este contundente mensaje comparecieron ayer en Atarrabia Aingeru Zudaire, que perdió un ojo por un disparo de pelota de goma en una jornada de huelga general en 2012, su abogada, Leire Martin, y la plataforma popular que ha peleado este caso, representada por Pello Gastearena.

La comparecencia tuvo un colofón muy emotivo además con la intervención de Zudaire, que entre lágrimas agradeció todos los apoyos, muy especialmente el de su madre, y concluyó que tras tanto esfuerzo y dolor «había luz al final del túnel, aunque sea menos luz».

Además de repasar estos diez años de «batalla judicial», los comparecientes quisieron poner sobre la mesa lo que falta por recorrer para lograr esos tres principios, una vez que la verdad ya ha quedado asentada (al menos en lo que respecta a la responsabilidad de la Policía española en genérico) tras este «duro y largo proceso en el que Aingeru ha tenido que superar numerosos obstáculos impuestos y enfrentarse, una y otra vez, a diferentes instancias oficiales que siempre han apostado por la impunidad policial».

«Esta condena al Estado no significa que se haya hecho justicia puesto que el autor del disparo no ha sido condenado», argumentó Gastearena. «Quien apretó el gatillo es conocedor de las graves heridas. Los policías que estaban a su lado saben quién fue el autor del disparo. Sus jefes, los responsables policiales del operativo probablemente también. Y pese a ello ha quedado impune», añadió.

Evocaron las decenas de casos similares en Euskal Herria, citando concretamente uno muy grave en la propia Atarrabia, el del joven Txuma Olaberria, «herido con daños cerebrales para el resto de su vida»; las heridas del vecino de Antsoain en fiestas de Berriozar; los vecinos de Iruñea Jose Miguel Inda y Juantxo Molina, que también perdieron un ojo tras recibir sendos pelotazos.... No podemos olvidar lo sucedido a Mikel Iribarren, ni lo sucedido a Alejandro Gorraiz que falleció en su vivienda cuando dispararon contra ella un bote de humo». Y una conclusión objetiva: «Algunas de ellas han conseguido ser indemnizadas pero nunca hemos logrado conocer a ni uno solo de los autores. El corporativismo que permite esta impunidad debe acabar de una vez».

Dicho esto, trasladaron tres peticiones al Gobierno navarro. La primera, que en base a la ley de 2019 de víctimas de violencia estatal «se reconozca a Aingeru oficialmente como víctima de pelotas de goma en Nafarroa, garantizando de esta manera su derecho a la verdad y la justicia, así como para todas las demás víctimas afectadas por cargas e intervenciones policiales en Nafarroa». Junto a ello, que Zudaire sea reparado en el marco de esa norma. Y en tercer lugar, «que se establezcan las garantías de no repetición prohibiendo el uso de pelotas de goma y similares por cualquier cuerpo y fuerza de seguridad del Estado, así como establecer los mecanismos y protocolos adecuados para acabar con los abusos policiales y depurar responsabilidades».

Pelea judicial

Martin desgranó el camino para llegar a esta atribución de responsabilidades económicas. Una década entera en la que «si bien los hechos eran claros, desde el principio fuimos conscientes de la falta voluntad de hacer justicia, de llegar al fondo del asunto, al autor del disparo que dejó a Aingeru sin la visión de un ojo».

Así, comenzó explicando que el juez de instrucción solo practicó diligencias de prueba «a instancias de esta parte. Y no todas, puesto que hubo pruebas que, pudiendo ser determinantes, nunca llegaron a practicarse: el acta de utilización de material antidisturbios de ese día (podría haber facilitado la identidad de los agentes que realizaron disparos, cuántas pelotas se dispararon, dónde…)».

Sobre ese juez, recordó que «no solo puso en duda que fuera una pelota lo que había impactado en el ojo (en algún momento llegó a sostener que pudo haber sido un codazo) sino que, en todo caso, la actuación del funcionario estaría amparada por la causa de justificación de obrar en el cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo (20.7) o, incluso, por la de legítima defensa».

En la misma línea situó a Fiscalía, que «insistió, desde el inicio, en el archivo de la causa, sin solicitar la práctica de ninguna diligencia de prueba tendente a esclarecer lo ocurrido así como la identidad del agente». Y qué decir de la Jefatura Superior de Policía, a quien «hubo que pedirles en diversas ocasiones que identificaran a los agentes de policía que aquel día portaban escopetas y accedieron a la zona a la que habían tenido lugar los hechos, provocando incluso el enfado del Juez de Instrucción, puesto que éstos insistían en identificar a agentes que, después, manifestaban no haber estado allí».

Triple archivo

Hubo hasta tres archivos de la causa. Uno en 2014, apuntando a que «en todo caso la actuación del funcionario policial estaría amparada por la causa de justificación de obrar en el cumplimiento de un deber» y añadiendo incluso una especie de invitación a Zudaire a «pedir cuentas a los sindicatos». Otro en 2015, que insistió en que «la actuación policial había sido totalmente necesaria y proporcionada». Y el tercero, en 2016, cuando para entonces existía además un vídeo sobre la carga clarificador: mostraba a un policía disparando en dirección al grupo en que estaba Zudaire.

«Tras recibir el informe, se tomó declaración a varios agentes de policía -evocó Martin-. Y para sorpresa de todos (incluido el juez de instrucción), uno de ellos se reconoció en las imágenes como el agente que portando escopeta se encontraba en actitud de disparo, reconociendo, asimismo, haber efectuado un disparo de pelota, no contra el grupo de personas que se veían en las imágenes, pues ellos no suponían un peligro para los agentes, sino contra personas que estaban al otro lado del paseo Sarasate. Ese disparo había sido un tiro directo, no diferido, y había sido realizado a una distancia inferior a la señalada por el protocolo».

La Audiencia Provincial ordenó la continuación de las diligencias contra este policía. Y el asunto llegó a vista oral en 2019. «Fue un juicio duro -resumió la letrada-. A pesar de haber reconocido el disparo, el agente de policía nacional acusado negó haber disparado pelota en ese momento y, por supuesto, contó con la protección del resto de agentes de policía nacional que declararon en el acto».

«Lo que tuvimos que escuchar fue tremendo. A pesar de que la médico forense lo había dejado muy claro, no dudaron en insistir en que pudo haber sido una botella, una piedra o, incluso, una bola de billar lanzada con tirachinas. Una falta de respeto absoluta», consideró.

La sentencia absolvió al agente por «falta de pruebas», pero quedó reconocido que fue una pelota de goma la que impactó en el ojo del joven de Atarrabia y que además este formaba parte de un grupo que no estaban suponiendo un riesgo contra los policías».

Ahí se abrió la última vía, la de la responsabilidad patrimonial de la Administración, que se ha logrado llevar a término. Pero aquí también, no sin interferencias y grandes dificultades, puesto que Martín ha explicado que «tras 8 años y un proceso penal, ahora, en ese proceso de responsabilidad patrimonial, con el único objetivo de eludir su responsabilidad, va y nos dicen que el autor del disparo pudo ser la policía foral, que también estaba allí y había hecho uso también de ese material».

«Ante la falta de respuesta de Interior, tuvimos que interponer demanda ante la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional que, tras el correspondiente procedimiento, dictó, diez años después (26/01/2022) sentencia por la que se reconoce la autoría del disparo de la pelota que impactó contra Aingeru ocasionándole la pérdida de la visión de un ojo a la Policía Nacional. Con ello, condena a la Administración a indemnizarle con 100.000 euros. Esta sentencia, que no ha sido recurrida, es firme», subrayó.