La mayoría catalana se reafirma en la vía soberanista frente al veto del Tribunal Constitucional
La mayoría catalana respondió ayer sin fisuras en su apuesta por la hoja de ruta soberanista tras el veto del Tribunal Constitucional a la declaración soberanista aprobada por el Parlament. El Alto Tribunal niega que Catalunya sea sujeto soberano por contradecir la «unidad de España» y limita la posibilidad de una consulta a la Carta Magna española.
No hubo fisuras en la respuesta catalana a la sentencia del Tribunal Constitucional español, una entidad que la mayoría de formaciones soberanistas situó más cerca de la política que de la justicia (de hecho, el Parlament tenía previsto pedir hoy la recusación de tres magistrados). Los cuatro partidos que hace un año dieron su apoyo a la declaración parlamentaria (CiU, ERC, ICV-EUiA y CUP) rechazaron que los magistrados puedan pronunciarse sobre cuestiones políticas y mantuvieron su compromiso con la hoja de ruta. Previamente, el TC había estimado parcialmente el recurso del Gobierno español a la declaración de enero de 2013, declarando «inconstitucional y nula» la referencia de Catalunya como «sujeto político y jurídico soberano». Además, marcó los límites del derecho ciñéndolos a la Constitución española, que niega precisamente la posibilidad que el proyecto independentista se materialice. Los doce magistrados, que apoyaron unánimemente el texto redactado por la vicepresidenta, Adela Asúa, vacían de contenido la posibilidad de un referéndum, acotándolo a la Carta Magna y al visto bueno del Gobierno español, que es quien interpuso el recurso.
Sobre el reconocimiento de Catalunya como sujeto soberano, el TC considera que es contrario a los artículos 1.2 y 2 de la Constitución española, que hacen referencia a la «soberanía del pueblo español», así como a la «indivisible unidad» de España. También, a los artículos 1 y 2.4 del Estatut, que ya fue «cepillado» por este mismo tribunal en 2006. Entre los argumentos para el veto, los magistrados consideran que «supone conferir al sujeto parcial del que se predica dicha cualidad el poder de quebrar, por su sola voluntad, lo que la Constitución declara como su propio fundamento en el citado precepto constitucional: la indisoluble unidad de la Nación española».
En relación al derecho a decidir, sin embargo, el Alto Tribunal no decidió vetarlo «a priori», tal y como defendía la mayoría conservadora. Aunque sí que estableció un límite: la Constitución española. Para los jueces, la referencia a la consulta «no aparece» proclamada «como una manifestación de un derecho a la autodeterminación no reconocido en la Constitución, o como una atribución de soberanía no reconocida en ella, sino como una aspiración política a la que solo puede llegarse mediante un proceso ajustado a la legalidad constitucional». En la misma línea, entraron a considerar que la democracia no puede interpretarse solo en relación al resultado sino también tomando en consideración el procedimiento. «Estas manifestaciones del principio democrático tienen su reflejo en el texto constitucional, cuyo ejercicio no cabe fuera del mismo», afirman.
En una sentencia eminentemente política, los magistrados admiten la posibilidad de una modificación en la Carta Magna, instando al Parlament a plantearla y apelando a la obligación de la Cámara Baja a tomarla en consideración. Una opción que vendría con el «no» desde el inicio ya que tanto PP como PSOE se oponen a que los catalanes puedan decidir sobre su estatus.
Sin credibilidad en Catalunya
Pese a todo, la mayoría catalana se mostró contundente. Desde Jordi Turull (CiU), que negó «cualquier tipo de credibilidad» al Tribunal (en el que consideró que hay «agitadores de la catalanofobia»), hasta la CUP, cuya diputada Isabel Vallet realizó un llamamiento a «no reconocer la sentencia». En la misma línea, Pere Aragonès (ERC), abogó por «seguir con la hoja de ruta prevista», mientras que Josep Vendrell (ICV-EUiA), aseguró que «en ningún caso 12 señores encerrados en un tribunal» los harán desistir de su deseo de voto. Solo PP y Ciutadans aplaudieron, mientras que el PSC abogó por «poner el contador a cero».
A última hora, el portavoz del Govern, Francesc Homs afirmó que en la decisión del TC «se ha colado el derecho a decidir» e indicó que la declaración del Parlament ya estaba suspendida por lo que «no cambia nada».
La diferencia entre el «Plan Ibarretxe» y el caso de Quebec
La sentencia hace referencia a dos casos previos para justificar su veto a la declaración soberanista. Por una parte, el Proyecto de Estatuto Político planteado en 2005 por el entonces lehendakari, Juan José Ibarretxe y, por otra, la resolución del Tribunal Supremo canadiense de 1998 respecto a las demandas independentistas en Quebec. Sobre el primer caso, los magistrados se reiteran en fijar la Constitución como muro, negando la idea de que pueda darse un «pacto entre territorios». Sobre el segundo, plantea que el TS canadiense vetó la independencia argumentando que «ni la Constitución ni el derecho internacional conceden el derecho a una secesión unilateral». Claro, que ambos procesos concluyeron de forma distinta. Ibarretxe tuvo un portazo en el Congreso, mientras que Canadá habilitó dos años después una norma que legislaba la consulta tras un proceso de diálogo con las autoridades de Quebec, que podrán convocar un referéndum. B.Z./A.P.