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Entidades locales emiten un informe favorable a la Ley de Policías de Nafarroa

Los representantes de las entidades locales en la Comisión Foral de Régimen Local han emitido informe favorable al proyecto de Ley Foral de Policías de Nafarroa, después de que el Gobierno aceptara la mayor parte de sus propuestas, señala la Federación Navarra de Municipios y Concejos en un comunicado.

Una agente de policía local y un policía foral, en un control conjunto. (GOBIERNO DE NAFARROA)

El informe de las entidades locales, indica la FNMC en un comunicado, se refiere solo a los aspectos de la norma referidos a las policías locales y no entra a valorar las partes del texto que no les afectan, como las relativas, por ejemplo, a la Policía Foral.

La FNMC señala que, entre las propuestas de las entidades locales aceptadas por el Gobierno, se encuentra la regulación de los Servicios de Policía, que vienen a sustituir a las figuras tradicionales de agentes y alguaciles y podrán crearse en los municipios de menos de 7.000 habitantes.

El texto recoge la delimitación de sus funciones, entre las que se incluyen, además de funciones policiales, otras que les puedan encomendar las entidades locales. Los miembros de estos servicios estarán encuadrados en el nivel C, y su marco de referencia será el Estatuto de Personal de las Administraciones Públicas.

Además, destaca la Federación, se mantiene la figura del Auxiliar de Policía, que podrá contratarse para cubrir vacantes tanto en los Cuerpos de Policía como en los Servicios de Policía.

También se establece la voluntariedad en la creación de cuerpos de policía en los municipios de más de 7.000 habitantes y se han flexibilizado los ratios de policía por habitante y de la estructura de los cuerpos.

Otra de las cuestiones valoradas por las entidades locales es la definición de porcentajes máximos para los complementos salariales y autonomía de cada entidad dentro del margen permitido.

La norma fija ahora un porcentaje salarial mínimo para los complementos de los policías locales y deja en el ámbito de autonomía de cada entidad local el establecimiento de dichos porcentajes dentro del margen previsto.

Por último, subraya la FNMC, se establece una jornada para los policías locales de 1.592 horas, en términos similares a la del resto de empleados locales, y se determina su adaptación en función de aspectos como el trabajo a turnos o nocturno.