El Parlament catalán desoye al Estado y aprueba la Ley de Transitoriedad Jurídica
Igual que ayer con la Ley del Referéndum, JxSí y la CUP han pedido hoy alterar el orden del día del pleno del Parlament, en este caso para debatir y votar la Ley de Transitoriedad Jurídica, que ha sido aprobada con 71 votos a favor, 10 en contra y la ausencia de Ciudadanos, PSC y PP.
Tras cuatro nuevas y largas reuniones de la Mesa del Parlament y la Junta de Portavoces, la Cámara catalana ha debatido y aprobado la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República.La norma ha recibido 71 votos a favor (JxSí y la CUP) y 10 en contra (CSQP), mientras que Ciudadanos, PSC y PP han optado por ausentarse de la votación.
Es una respuesta clara e inequívoca a las actuaciones anunciadas hoy por el Gobierno español, el Tribunal Constitucional y la Fiscalía General del Estado: las prohibiciones españolas no frenarán por sí solas el 1-O.
Los grupos de C's, PSC y PP han vuelto a obstaculizar el debate de la Ley durante siete horas insistiendo en el debate procedimental. Finalmente, el debate ha comenzado pasadas las 23.00 y se ha votado poco antes de la 1.00.
Una ley para el 2 de octubre
Si la Ley ayer aprobada es la que ofrece amparo al referéndum del 1 de octubre, la Transitoriedad Jurídica es la norma que debe garantizar el carácter vinculante de su resultado. Es decir, el puente que, en caso de victoria del Sí el 1-O, debería asegurar un tránsito ordenado de la legalidad española a la legalidad catalana. Es, en resumen, la Ley que debe facilitar la ruptura con el orden constitucional español.
Es, además, la norma que funcionaría a modo de pequeña Constitución temporal hasta que, en el término de un año después del hipotético Sí el 1-O, la Asamblea Constituyente aprobase la verdadera y definitiva Carta Magna de la República catalana, que debería ser refrendada por la ciudadanía en plebiscito.
Por ello, con el objetivo de que sea el posterior proceso constituyente el que se encargue de dar forma a la República, lo que hace la Ley, en términos generales, es mantener el actual orden jurídico, pero sustituir el actual paraguas constitucional español por un paraguas jurídico catalán. Exactamente, la Ley establece que «las normas locales, autonómicas y estatales vigentes en Catalunya en el momento de la entrada en vigor de esta Ley, se continúan aplicando en todo aquello que no contravenga la presente ley».
Los cambios, en muchas ocasiones, son de nomenclatura. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya pasaría a ser el Tribunal Supremo de Catalunya, el president de la Generalitat pasaría a ser también jefe de Estado, y el Consell de Garanties Estatutaries sería el Consell de Garanties Democràtiques. Pueden consultar el resumen de la Ley publicado el pasado 29 de agosto.