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Condenan al exalcalde de Karrantza y a otros gestores de la planta de purines

La Audiencia de Bizkaia ha condenado al exalcalde de Karrantza y a un alto cargo del Gobierno de Lakua, además de a otras cuatro personas, como responsables del concurso de acreedores de la sociedad que iba a construir una planta de purines en ese municipio vizcaino.

Instalaciones de lo que iba a ser la planta de purines de Karrantza. (Marisol RAMÍREZ / ARGAZKI PRESS)

La Audiencia de Bizkaia ha calificado de culpable el concurso de acreedores de Karrantzako Minda y ha condenado a seis integrantes de su Consejo de Administración a una inhabilitación de dos años para administrar bienes ajenos, así como a devolver a la empresa 485.724 euros y, subsidiariamente, 1.172.279 euros a la constructora, si Ade Biotec no abona la cantidad.

La resolución, hecha pública hoy por la Sección Cuarta de la Audiencia, ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbo que en marzo de 2017 declaró «fortuito» el concurso de la fallida planta de purines de Karrantza, cuya sociedad promotora creada con dinero público quebró tras lograr subvenciones por más de 10 millones de euros, sin llegar a terminar el proyecto.

El juzgado absolvió inicialmente a los promotores de esa planta que se proyectó para solucionar los residuos ganaderos en la localidad, si bien la Audiencia ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Abogacía del Estado y el administrador concursal de la sociedad Karrantzako Minda.

Los condenados son seis administradores de la sociedad que iba a construir la planta: el exdirector de Innovación del departamento de Agricultura del Gobierno de Lakua por el PNV, Martín Ascacibar; el que fuera alcalde de Karrantza José Luis Portillo y el exconcejal José Ignacio Muro, ambos también del PNV. Además, condena a quien fue en inicio administrador único de Karrantzako Minda, Angel María Ruiz Quintano; a Manuel Fisure y Vicente Albisua, también miembros del órgano de dirección.

El fallo exonera, sin embargo, a Ipar Kutxa.

La sentencia acusa a los condenados de haber actuado «con culpa grave» que «agravó la insolvencia» por la compra de unos terrenos, el anticipo de cantidades a la empresa constructora y el retraso en la solicitud de concurso de una planta que no llegó a construirse y que llegó a recibir más de diez millones de euros en subvenciones del Gobierno de Lakua, la Diputación de Bizkaia y Ministerio español de Ciencia e Innovación

La resolución fija un plazo de veinte días para interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.