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Aprobado el dictamen que actualiza la Ley de Protección Civil y Emergencias de Nafarroa

La Comisión de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia ha aprobado el dictamen sobre la proposición de Ley que modifica la Ley navarra de Protección Civil y Atención de Emergencias para acomodar la gestión a la legislación estatal y a los actuales parámetros de riesgo.

Puesto de mando de SOS Nafarroa. (GOBIERNO DE NAFARROA)

En el transcurso del debate se han discutido 25 enmiendas (10 in voce), 15 de ellas suscritas por el PSN, 7 por PSN y Podemos-Orain Bai, otra por el cuatripartito y una última por Geroa Bai y EH Bildu. De todas ellas han resultado aprobadas 11, 6 de las cuales aludían al lenguaje inclusivo.

La proposición de Ley presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Orain Bai e I-E persigue actualizar el marco jurídico en la materia para, a la luz de la experiencia adquirida y de la nueva normativa estatal, acomodar la atención y gestión de las emergencias a los riesgos concurrentes en el ámbito territorial de Nafarroa.

Para ello, como sistema de previsión, detección y seguimiento de las situaciones de emergencia y, al mismo tiempo, como sistema de comunicación de avisos de emergencia a las autoridades, a los servicios competentes y a la ciudadanía, se proyecta la creación de la Red de Alarma y Alerta de Protección Civil de Nafarroa, cuya gestión corresponderá al Centro de Gestión de Emergencias.

Este último determinará, también a través de convenios de colaboración, las condiciones en que los departamentos y los organismos del sector público concernidos deberán adecuar sus redes y sistemas para poder «facilitar en tiempo real» toda la información de que dispongan, ha informado el Parlamento.

Así, en función de los diferentes umbrales de adversidad y sin menoscabo de la normativa en vigor, se abordará la tramitación de avisos y la difusión de información tanto preventiva como reactiva, incluidas campañas de prevención, información, divulgación y sensibilización ante los diferentes riesgos y la forma de proceder.

En ese sentido, se contempla la adopción de medidas específicas para garantizar que las personas con discapacidad conozcan los riesgos y las medidas de autoprotección y prevención, facilitando así su posible participación en los planes de protección civil.

A este respecto, la colaboración regular se encauzará a través de las agrupaciones y organizaciones de protección civil, de bomberos voluntarios y cualesquiera otras que resulten precisas para asegurar las actuaciones básicas.

Las entidades de voluntariado de protección civil deberán inscribirse en el Registro que reglamentariamente se establezca, previa suscripción de un convenio de colaboración con la Administración. El concurso como voluntario requerirá la acreditación de las competencias curriculares que se precisen, tarea que asumirá el Departamento competente.

El Centro de Gestión de Emergencias asumirá la coordinación y dirección de las emergencias ordinarias y la coordinación de las emergencias extraordinarias, siendo, a su vez, el centro sobre el que se estructura el puesto de mando principal para ejercer la dirección en los planes cuyo interés o ámbito sea Nafarroa.

Los protocolos operativos serán elaborados por dicho Centro y aprobados por el director general competente en protección civil, previa conformidad de los titulares de los recursos intervinientes.

En cuanto a los traslados sanitarios de urgencia, se hace constar que el salvamento acuático, subacuático y de montaña correrá a cargo de los grupos especiales de atención que se crearán a tal efecto.

Las grabaciones y los registros de los incidentes relacionados con el Centro de Gestión de Emergencias serán custodiados durante un período mínimo de seis meses y un período máximo de dos años, salvo instrucción contraria de la autoridad judicial.

El órgano responsable del Centro de Gestión de Emergencias, adscrito al departamento hábil en materia de emergencias y protección civil, responderá de los ficheros, así como de la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos.

Los titulares de empresas y entidades sujetas a disponer de un plan de autoprotección, cuya redacción debe correr a cargo de personal graduado en la materia, están obligados a colaborar y participar en todas las tareas preventivas u operativas para las que sean requeridos por las autoridades.

En ese contexto, pero en relación al Régimen de personal de los Servicios de Protección Civil y Atención de Emergencias, se ha resuelto eliminar del dictamen la cláusula que autorizaba a que el personal funcionario técnico superior en materias de seguridad pudiera ser «requerido para trabajar en régimen de exclusividad, dedicación, disponibilidad y horarios de trabajo especiales, con la finalidad de garantizar el funcionamiento de los servicios las 24 horas del día, todos los días del año».

La enmienda de PSN, apoyada por UPN y Podemos-Ahal Dugu, alega que esta cuestión debiera ser objeto de «otro tipo de regulación más específica y negociada».

En ese ámbito, pero en lo tocante al personal de guarderío, se ha acordado su inclusión entre los servicios de intervención y asistencia de emergencias de protección civil. La enmienda in voce que así lo dispone, presentada por Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu-Orain Bai e I-E, ha prosperado con el respaldo añadido del PSN.