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La protección a la víctima prima en el juicio por agresión múltiple en Bilbo

Tres jóvenes están siendo juzgados desde ayer en la Audiencia de Bizkaia acusados de haber abusado sexualmente de una joven en Bilbo en 2017. El caso de «La Manada» ha marcado directamente este proceso en el que, precisamente para salvaguardar los derechos de la víctima, se ha decidido celebrar las sesiones a puerta cerrada.


La primera sesión del juicio contra tres hombres acusados de haber abusado sexualmente de una joven en Bilbo en 2017 y haberlo difundido a través del teléfono contó ayer con las declaraciones de los acusados y de la víctima. Los tres jóvenes coincidieron en defender su inocencia. La víctima, que tenía 18 años cuando sucedieron los hechos, se ratificó en el relato de su denuncia.

Este caso, que no había trascendido a los medios de comunicación, tiene como elemento a destacar las medidas establecidas para que la víctima no vea vulnerados sus derechos. Así, el juicio, que previsiblemente tendrá otras cuatro sesiones, se desarrollará íntegramente a puerta cerrada.

La magistrada Nekane San Miguel citó a las partes hace días para acordar la adopción de esas medidas con el fin de evitar que trascendieran a la prensa datos sobre el procedimiento y proteger así a la víctima del delito, en aras a evitar lo ocurrido en el proceso de «La Manada». La juez, que preside el tribunal, firmó una carta dirigida a la víctima en la que rechaza la sentencia de Iruñea por reducir a «abuso» una violación.

El recuerdo de lo que ocurrió en el juicio de Iruñea ha estado muy presente durante la instrucción del caso. Tanto la Fiscalía como la acusación particular representada por el letrado Javier Beramendi, al igual que los abogados de la defensa de los tres imputados, acordaron ese secreto, de manera que sólo los familiares de los afectados podrán presenciar la vista oral. Los medios de comunicación no pueden acceder a la vista.

Petición de 80 años de prisión

La Fiscalía pide para los acusados, con edades entre los 20 y los 28 años cuando ocurrieron los hechos y que se encuentran en prisión provisional, penas cercanas a los 80 años de cárcel, y la acusación particular eleva la solicitud de prisión a más de 100 años. Los letrados de la defensa solicitan su absolución.

La madrugada del 14 de enero de 2017, según las acusaciones, los acusados y la joven acudieron a un zona de vending junto a las escaleras de Solokoetxe, tras salir de un establecimiento hostelero del centro de Bilbo. El fiscal y la acusación particular sostienen que, una vez allí, los jóvenes acorralaron y abusaron de la chica, conscientes de que no se encontraba en plenas facultades.

Entre las pruebas de cargo, destaca la existencia de un vídeo de una cámara de seguridad de la zona en la que ocurrieron los hechos.

 

El TS fija la vista sobre los recursos de «La Manada» el 21 de junio

El Tribunal Supremo ha fijado para el 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa que confirmó las condenas de nueve años de cárcel para los cinco de «La Manada» por un delito de «abuso sexual con prevalimiento» en los sanfermines de 2016. La sentencia fue recurrida tanto por la Fiscalía, la víctima, los cinco condenados y las acusaciones populares en nombre de la Comunidad foral y del Ayuntamiento de Iruñea.

En su recurso, la Fiscalía pide que cada uno de los cinco miembros de «La Manada» sean condenados a 18 años de prisión por delitos de «agresión sexual» y argumenta que «no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores». A su juicio los hechos descritos en la sentencia no corresponden con un «abuso sexual con prevalimiento», como determinó la Audiencia y confirmó el TSJN, sino con una «intimidación grave». La acusación particular también pide aumentar las penas al estimar que fue una «agresión sexual», y solicita que además se condene a dos de los acusados por robar el móvil a la joven.

Se da la circunstancia de que una reciente sentencia del Supremo califica como «agresión sexual» y no como «abuso» el delito de un hombre que violó a una mujer en el baño de un bar de Altsasu, con lo que elevó de cuatro a seis años de cárcel la pena que le había impuesto el TSJN.GARA