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El TJUE avala prorrogar la vida de las nucleares si hay riesgo de suministro

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dice que se puede prorrogar de forma provisional la vida de las centrales nucleares sin haber hecho de antemano las evaluaciones de impacto ambiental (EIA) preceptivas si hay una «amenaza grave y real» de corte del suministro eléctrico.


La sentencia se refiere al caso de las centrales Doel 1 y Doel 2, en Bélgica, cuya vida útil fue prorrogada por ley en 2015 una década más sin las preceptivas EIA previas a pesar de que se requirieron obras con una inversión de 700 millones de euros para cumplir con las normas de seguridad. El Estado belga y Electrabel, la propietaria y responsable de la gestión de las centrales nucleares, firmaron un convenio en 2015 para ello.

Ambas centrales, próximas a la frontera con Países Bajos, habían dejado de producir electricidad en febrero de 2015 en virtud de la decisión anterior de cerrar las plantas cuando alcanzaran los 40 años de vida útil.

Asociaciones ambientalistas recurrieron la decisión ante el Constitucional belga, alegando que no se habían hecho las EIA preceptivas, en particular la evaluación de impacto en un contexto transfronterizo. El Constitucional ha pedido a la Justicia europea que aclare el caso.

El TJUE constata que el riesgo de efectos medioambientales de las obras, dada su magnitud, era comparable a las obras de arranque inicial de las centrales y «necesariamente» debían ser objeto de una EIA a la luz de la normativa europea, pero también de una evaluación transfronteriza por su proximidad a la frontera, antes de la aprobación de la ley. El Tribunal recuerda que la norma solo exime a un proyecto de este tipo de realizar la EIA si el Estado demuestra que existe un riesgo razonable probado para la seguridad de suministro eléctrico y hay urgencia, siempre que no se incumplan las obligaciones que fija la normativa, que «no parece» que se hayan satisfecho en este caso.

La directiva sobre hábitats también exige que el proyecto cuente con una EIA y, en caso de que la evaluación sea negativa y no existan soluciones alternativas, este tipo de proyectos solo se permiten si está justificado para evitar una amenaza «real y grave» de corte del suministro y por tanto por motivos de seguridad pública, algo que corresponde verificar, puntualiza, al Constitucional belga.

Así, el Tribunal europeo concluye que los órganos jurisdiccionales nacionales pueden prorrogar la vida de las nucleares si se justifica para evitar una amenaza de corte de suministro.