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La JEC multa a Celaá y Sánchez con 2.200 y 500 euros por hacer electoralismo desde Moncloa

La Junta Electoral Central (JEC) ha multado al presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, con 500 euros, y a la ministra y exportavoz Isabel Celaá con 2.200, por haber hecho electoralismo desde Moncloa durante la campaña electoral del 10N.

La ministra de Educación y exportavoz del Gobierno, Isabel Celaá. (Pierre Philippe MARCOU/AFP)

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado este jueves imponer una sanción al presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, de 500 euros y a la exportavoz y actual ministra, Isabel Celaá, de 2.200 por el uso electoralista que dieron al palacio de la Moncloa durante la campaña electoral del 10N.

El acuerdo relativo a Pedro Sánchez establece una cuantía de sanción inferior a la propuesta final que ha trasladado a la Junta el instructor del expediente, que estipulaba una sanción de 2.800 euros por incumplimiento del artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Este precepto no permite que en época electoral los poderes públicos usen medios institucionales para la promoción de sus logros.

Dicha propuesta reparaba, por un lado, en que «la escenografía» visible en la entrevista que emitió La Sexta a finales de octubre delataba sin lugar a dudas que se estaba celebrando en la sede de la Presidencia del Gobierno.

Tenía en cuenta, por otro lado, que la web de la propia Moncloa reprodujo íntegramente el contenido de la entrevista en cuanto acabó.

Además, Sánchez, cuando compareció en La Sexta, no era solo el candidato del PSOE en las elecciones del 10 de noviembre, sino además presidente del Gobierno en funciones.

La LOREG establece que las autoridades públicas que infrinjan la norma podrán ser sancionados con cantidades entre los 300 y los 3.000 euros.

Los trece integrantes de la Junta han vivido al respecto un debate »intenso», según fuentes de dicho órgano consultadas por Efe.

De hecho, seis vocales han anunciado que interpondrán un voto particular porque estiman que lo que procedía era el archivo del expediente sancionador.

Las fuentes de la JEC han destacado que en la división del órgano electoral, así como en la decisión de rebajar la sanción a 500 euros, han influido las alegaciones presentadas por Sánchez, que hacían hincapié en que el presidente no decidió el lugar de la entrevista ni su realización, que no controla los medios de difusión de los que se provee Moncloa y el que, una vez notificada la denuncia, en Presidencia retiraron la transcripción.

Celaá estaba advertida

La sanción a Celaá obedece al mismo motivo, efectuar declaraciones electoralistas en la sala de prensa de Moncloa, pero la cuantía es más alta porque a la ministra de Educación y entonces portavoz se le había apercibido por lo mismo antes de la apertura del expediente.

«La advertencia era suficientemente clara, y sin embargo parece que fue desoída por la señora Cela», subraya la Junta.

Como en su caso ha habido reiteración y como además se ha considerado que al tratarse de afirmaciones es la única responsable de la infracción, la JEC ha fijado la sanción en 2.200 euros.

La JEC censura que la entonces portavoz hiciera «manifestaciones valorativas de logros alcanzados en materia de empleo, con clara connotación electoralista» al presentar los datos de la EPA.

En concreto, se jactó de que nunca antes había habido «tantas personas en el mercado laboral» y abundó: «Vamos a seguir trabajando para conseguir que este país tenga el gobierno fuerte que se merece, un gobierno que sabe trabajar en equipo y que aspira a conseguir la estabilidad que el país necesita».

Según establece la JEC, Isabel Celaá deberá abonar esa multa antes del 5 de marzo y debe salir de su cuenta personal, no puede ser sufragada por el Ejecutivo. En todo caso, tiene la opción de presentar recurso por la vía de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la sala correspondiente del Tribunal Supremo.