Condena a 20 meses de inhabilitación a cuatro miembros de la anterior Mesa del Parlament
Lluis Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó, representes de JxSi en la Mesa del Parlament catalán la pasada legislatura, ha sido condenados por «desobediencia» a 20 meses de inhabilitación por «desoír los requerimientos del Constitucional» frente a las leyes de desconexión. Mireia Boya (CUP) ha sido absuelta.
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha condenado a penas de 20 meses de inhabilitación a los miembros de JxSi en la Mesa del Parlament en la pasada legislatura, que presidía Carme Forcadell, por permitir la tramitación de las leyes del «Procés», mientras ha absuelto a la exdiputada de la CUP Mireia Boya.
En su sentencia, la sala civil y penal del TSJC condena a Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó a 20 meses de inhabilitación para cargo público electo y a pagar una multa de 30.000 euros por un delito de «desobediencia» al «desoír los requerimientos del Constitucional para que impidieran la tramitación de las llamadas leyes de desconexión».
Por el contrario, la sala absuelve a la exdiputada de la CUP Mireia Boya, que estaba acusada de desobediencia por impulsar la tramitación de dichas leyes, al concluir que «no fue advertida nominalmente por el Constitucional».
Aunque todavía no es firme, la sentencia podría acarrear la pérdida de la condición de diputado para Lluís Guinó, el único de los cinco acusados que actualmente ostenta un cargo público por su escaño en el Parlament, si así lo establece la Junta Electoral.
La sentencia resalta que «la desobediencia» de los miembros independentistas de la Mesa «puede calificarse, sin discusión, de manifiestamente contumaz, obstinada, recalcitrante y persistente y, por lo mismo, de abiertamente opuesta a las prescripciones del Tribunal Constitucional (TC)».
Para los magistrados, los condenados desobedecieron al TC al admitir a trámite iniciativas parlamentarias con las que «se pretendía a las claras» desarrollar la declaración de ruptura del 9N, «culminando» con las leyes de referéndum y de transitoriedad jurídica aprobadas los días 6 y 7 de setiembre en el Parlament, «mediante la convocatoria de un referéndum ilegal y el advenimiento de un nuevo estado en forma de república».
Solicitud de la Fiscalía
El tribunal ha impuesto a los cuatro condenados la pena de inhabilitación que solicitaba la Fiscalía, de un año y ocho meses de cárcel y que les impide ejercer cualquier cargo electo en los ámbitos local, provincial, autonómico, estatal o supranacional.
De acuerdo con la sentencia, los condenados deberán hacerse cargo de una décima parte de las costas del proceso, incluidas las de la acusación particular ejercida por la Abogacía del Estado, pero no así de las de Vox, que era acusación popular en la causa.
Para el TSJC, los cuatro miembros de la Mesa condenados son «conjuntamente» autores de un delito de desobediencia cometido por cargo público que, recuerda la sala, solo puede ser aplicado a aquellas autoridades que «ostenten una posición de control» y sean competentes para cumplir -o impedir que se incumpla- lo que establece una resolución judicial.
La causa por la tramitación parlamentaria de las leyes del «Procés» estuvo inicialmente en manos del Supremo, que decidió desgajarla del sumario abierto por rebelión contra los líderes independentistas, al entender que era el TSJC el competente para enjuiciar a los exdiputados por su desobediencia al Constitucional.
En el juicio contra la Mesa, celebrado a finales del pasado mes de julio, faltaba una sexta imputada, la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, que se refugió en Suiza poco antes de que el Supremo la procesara por desobediencia por impulsar, junto a Boya, las proposiciones de ley que permitieron el 1-O.
Otro investigado por desobediencia, el ahora diputado de ERC en el Congreso Joan Josep Nuet -miembro de la Mesa de Catalunya Sí que es Pot (SQP) cuando el Parlament aprobó las leyes del «Procés»- será juzgado por el Supremo, dada su condición de aforado ante ese tribunal por su escaño en las Cortes.