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El Gobierno español propone usar la mascarilla en la playa para pasear y si no hay distancia

El Ministerio español de Sanidad trasladará esta tarde una propuesta al Consejo Interterritorial para modular la obligatoriedad del uso de mascarillas, excluyendo el baño, el deporte o en los periodos de descanso en la playa o piscina.

La playa de Zarautz, en julio de 2020. (Gorka RUBIO / FOKU)

El Ministerio español de Sanidad propondrá el uso de la mascarilla obligatoria en las playas cuando se esté paseando o en situaciones en que no haya distancia de seguridad, mientras que se excluye durante el baño, la práctica de deporte o en los periodos de descanso en un lugar fijo, tanto en el mar como en piscinas y otros espacios acuáticos.

Son algunas de las propuestas recogidas en el borrador del documento que el Ministerio va a trasladar esta tarde a las comunidades autónomas, al que ha tenido acceso Efe, para «modular» la obligatoriedad del uso de mascarillas que contempla la ley de nueva normalidad incluso cuando se puede mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros.

En concreto, se pretende acordar la regulación del artículo 6.2 que establece que no será exigible el uso de mascarilla en el caso del ejercicio de deporte individual y permite que se pueda exceptuar el uso de la mascarilla cuando, por la propia naturaleza de las actividades, ese uso resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Así, Sanidad planteará al Pleno del Consejo Interterritorial que se equipare al ejercicio de deporte individual las actividades que supongan un esfuerzo físico intenso, de carácter no deportivo, al aire libre y de forma individual.

De esta forma, la propuesta declara actividades incompatibles con el uso de la mascarilla, el baño en el mar, lagos o embalses, ríos u otros espacios acuáticos naturales o en piscinas en el exterior o cubiertas; la práctica de deporte en el medio acuático, sea éste natural o artificial; los periodos de descanso antes o después del baño o la práctica de deporte en el medio acuático, en el entorno del mismo; las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático y los periodos estrictamente necesarios para comer o beber, en lugares en los que esté autorizado.

En cambio, propone el uso obligatorio de la mascarilla en el paseo por los accesos a playas, lagos y demás entornos naturales; el paseo a la orilla del mar y de los demás entornos acuáticos; el uso de vestuarios de piscinas públicas o comunitarias, salvo en las duchas y la permanencia en el exterior o interior de establecimientos de hostelería fuera de los periodos necesarios para comer o beber.