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La competencia de París para juzgar a un joven vasco, a debate en el Consejo Constitucional

Contra la posición mantenida por la Fiscalía Antiterrorista y el abogado general, la Corte de Casación francesa ha elevado al Consejo Constitucional la cuestión sobre la competencia presentada por la defensa en el caso del joven baionarra Teo Salomon.

La abogada Xantiana Cachenaut es la autora de la pregunta que, superado el filtro de la Corte de Casación, está sobre la mesa del Consejo Constitucional. (Isabelle MIQUELESTORENA)

Tras la decisión del juez de instrucción de retirar, en abril de este año, la calificación de «terrorismo» a los hechos que llevaron a la detención, en enero de 2015, de Teo Salomon, el sumario que afecta al joven vasco se adentró en otro terreno.

Se abría así el debate sobre la competencia sobre el caso, que llega ahora al Consejo Constitucional francés, instancia que tendrá tres meses para pronunciarse sobre la cuestión prioritaria de constitucional (QPC) plantada por la defensa al entender que, tras el cambio de calificación, nada impide que la causa se juzgue en Baiona.

Según una decisión adoptada el pasado miércoles, 6 de octubre, y a la que ha tenido acceso NAIZ, la sala ampliada de la Corte de Casación ha avalado la demanda cursada por la abogada Xantiana Cachenaut, por lo que será el Tribunal Constitucional francés el que deba discernir sobre la jurisdicción territorial en que se dirimirá esa causa abierta al joven labortano, inicialmente por «asociación de malhechores» y que, ya retirada la calificación de «terrorista», se queda en un proceso por «estragos materiales».

Acusación cuestionada

Teo Salomon fue detenido junto a otros tres jóvenes en enero de 2015, aunque luego quedó en libertad con cargos. La Policía le relacionó con el ataque a una vivienda situada en Itsasu. La residencia fue incendiada y en una pared apareció pintado el lema ‘EH ez da salgai’.

Los hechos, que se remontan a noviembre de 2013, son refutados por la defensa del joven baionarra, que ha pasado más de cinco años bajo control judicial antes de la apertura de juicio en el Tribunal Penal de París.

La instrucción se completó finalmente en abril de 2021 cuando «el juez instructor concluyó el sumario y lo remitió al Tribunal Correccional y lo hizo, tal como nosotros pedíamos, retirando la calificación terrorista», detalla la abogada Xantiana Cachenaut.

A partir de entonces, no hay una acusación que impida que al labortano se le juzgue en jurisdicción ordinaria.

Así lo hizo constar ante el Tribunal Correccional la letrada Cachenaut que, para su sorpresa, se encontró con que la Fiscalía Antiterrorista (PNAT) reclamaba mantener la causa en las instancias parisinas, ello al amparo de una disposición excepcional que cuestiona de facto la normativa europea de diciembre de 2020 sobre el procedimiento penal.

Excepción francesa

«Se trata de un cambio legal que pasó desapercibido y que, de hecho, no tuvo eco ni en los medios de comunicación ni en las publicaciones para juristas», explica Cachenaut.

El legislativo francés introdujo una «excepción» en la normativa europea, cambiando la redacción del artículo 706-19, con objeto de asegurarse de que «incluso cuando ya no existe la calificación de terrorismo la causa pueda ser juzgada en las instancias especiales parisinas».

Una derogación de facto al texto europeo que consagra la competencia territorial, y que de aplicarse en sus justos términos implicaría derivar esta causa al Tribunal de Baiona.

Conocida la argucia, Cachenaut no dudó en proponer una cuestión de constitucionalidad. Lo hizo al amparo de dos principios, al entender que, de optarse por retener esa causa en París al amparo de esa «excepción francesa», se vulnerarían el principio de igualdad ante la ley y el derecho a la defensa efectiva.

La abogada planteó esa demanda para clarificar la jurisdicción territorial del caso, una petición que rechazó la Fiscalía Antiterrorista acogiéndose a otro argumento, el que hace prevalecer la «buena administración de la justicia», o lo que es lo mismo, da más importancia a facilitar a los tribunales su labor que a velar por las garantías de la persona juzgada.

Con fecha de 15 de julio, la Corte de Casación recibía el procedimiento remitido por el Tribunal Correccional. Y, siguiendo el criterio de la Fiscalía Antiterrorista, la instancia que representa al Estado en ese alto tribunal, la Abogacía General, insistía, a su vez, en solicitar que se retenga sin más la causa en París.

En sala ampliada

Una vez celebrada la audiencia, y en una decisión que da cuenta de la dimensión de la cuestión, la Corte de Casación optó por tomar su decisión no en su órgano ordinario sino en una sala ampliada integrada en total por once miembros, de ellos ocho consejeros. El debate fue intenso.

Así las cosas, a fecha de 6 de octubre, y tras señalar que la petición cumple con los requisitos formales –tratarse de un asunto sobre el que no se ha pronunciado antes el órgano constitucional y plantear una «cuestión seria»–, la Corte de Casación aceptaba finalmente remitir al Consejo Constitucional la QPC planteada en relación al «caso de Teo Salomon».

El fallo del alto tribunal recoge los argumentos claves de la defensa del labortano al estimar que «el artículo 706-19, que prevé el mantenimiento de una regla de competencia territorial derogatoria incluso en el caso en el que la relación con las infracciones citadas ya no está demostrada, es susceptible de crear una ruptura del principio de igualdad no justificada entre los justiciables en función de si los hechos que les son reprochados han recibido o o no inicialmente una calificación en relación al terrorismo».

El Consejo Constitucional galo tiene ahora un plazo de tres meses para pronunciarse sobre una causa que puede sentar precedente, estima Cachenaut, con vistas a otros casos pendientes.

Ya en 2019, una demanda cursada por otra letrada vasca, Maritxu Paulus Basurco, en relación al caso de Alaitz Areitio, obligó al Consejo Constitucional a ordenar un cambio de ley para corregir la norma que impedía de facto a presos originarios de Hego Euskal Herria acceder a la libertad condicional en el Estado francés.