La Fiscalía subraya que «ETA no ha desaparecido» para mantener la petición de penas
El fiscal de la Audiencia Nacional española José Perals considera que «ETA no ha desaparecido» para justificar el mantenimiento de la petición de penas de hasta 19 años en el jucio por el sumario 13/13, del que se ha excluido a Julen Zelarain.
«ETA no ha desaparecido, ha dejado de cometer crímenes. Si el cartel de Sinaloa dice que deja de traficar con drogas, no vamos a dejar de perseguirle», ha proclamado el fiscal de la Audiencia Nacional José Perals para mantener la petición de penas de hasta 19 años para seis de los acusados en el sumario 13/13. En su alegato, ha añadido que la disolución de ETA no es «causa legal para que se altere» la consideración de los hechos. Para ello, ha reclamando «arrepentimiento, colaboración e identificación de los responsables y de eso aquí no ha ocurrido nada».
Asimismo, ha retirado este viernes las acusaciones contra Julen Zelarain en el juicio por el sumario 13/13 al considerar que no ha quedado acreditado que su identidad se corresponda con el alias Ilazki. Para el resto de los acusados, mantiene las acusaciones. En la vista ha quedado acreditado que Zelarain estaba encarcelado en la prisión de Huelva cuando se produjeron los hechos de este procedimiento.
Las defensas, por su parte, han reclamado la libre absolución de todos ellos al considerar que se han producido vulneraciones de derechos fundamentales en el procedimiento. De este modo, han destacado que hay patrocinados que ya fueron juzgados por hechos análogos, por lo que no se les puede volver a procesar por ello.
Asimismo, se ha evidenciado que existe vulneración del derecho a la defensa porque los agentes del CNI que dieron inicio a la investigación no han declarado ante la sala. En este apartado, han avanzado que recurrirán la decisión de la agencia de inteligencia de no comparecer.
Tras pedir la libre absolución por todos estos hechos, han destacado también que en este procedimiento, que se inició en 2010, se han incurrido en dilaciones indebidas que deberían ser consideradas como atenuantes. Han mencionado jurisprudencia del Tribunal Supremo señalando que existe dilación indebida cuando se supera el plazo de ocho años desde los hechos juzgados, un plazo que se ha superado en este caso. Por ello, reclaman subsidiariamente penas entre un año y tres meses y un año y medio.
Para la Fiscalía, no hay vulneración de derechos
En sus conclusiones definitivas, el fiscal José Perals ha señalado que Arantza Zulueta formaba parte de la estrucutura de ETA como una de sus más destacadas dirigentes y que participó en cuestiones como el cobro del impuesto revolucionario a empresarios, la instalación de un zulo en el Estado francés o la facilitación de información para organizar un atentado en la Audiencia Nacional. Para ello, se basa en la documentación incautada en el registro del despacho de abogados en el que trabaja en Bilbo. Ha destacado que Zulueta tenía la clave para acceder a la documentación contenida en pendrive incautado, al igual que López Peña.
En la misma línea, ha señalado a Jon Enparantza como integrante de la dirección de ETA, acusándole de aportar datos sobre posibles objetivo de la organización, entre los que ha citado el cuartel de la Ertzaintza del Antiguo y al lehendakari Iñigo Urkullu, entonces presidente del EBB del PNV. La Fiscalía le ha acusado de ser parte de «una línea dura de ETA», que abogaría por el mantenimiento de la lucha armada. Todo ello en base a la documentación incautada en su despacho.
También ha mantenido las acusaciones contra Naia Zuriarrain, Iker Sarriegi y Saioa Agirre con argumentos sumilares y contra Nerea Redondo, destacando que no ha quedado acreditada la procedencia del dinero que se le incuautó.
El fiscal Perals ha defendido la validez de la documentación de los documentos incautados en este operativo como prueba, rechazando la nulidad argumentada por la defensa. En este sentido, ha señalado que los registros de los despachos de abogado se hicieron respetando el secreto profesional.
Tampoco ha considerado como causa de nulidad la no comparecencia de los agentes del CNI en la vista, subrayando que la aportación de la agencia de inteligencia en la investigación fue «tangencial». Ha añadido que estamos ante una actuación habitual del CNI y que se han respetado los derechos fundamentales. Asimismo, ha destacado que su comparecencia no es decisiva en términos de la defensa.
Ha rechazado también el argumento de cosa juzgada, señalando que se puede cometer un delito de «organización terrorista» tras ser condenado por otro de similares características. Ha utilizado la analogía del tráfico de drogas, por el que una persona pueder ser juzgada y condenada por varias acciones.
Perals ha criticado también el argumento de dilación presentado por la defensa como atenuante, ya que se juzgan actos de hace once años. En este sentido, ha subrayado que esta causa parte de la incautación de 120.000 documentos, de los que muchos eran encriptados y muchos en euskara. Ha añadido que la propia causa tiene 15.000 folios «con una complejidad más que evidente». Además, ha acusado a la defensa de haber paralizado la instrucción con su inacción.
La vista continuará el miércoles
En la jornada de hoy, además del fiscal, se han escuchado las conclusiones de las acusaciones de la AVT y de Dignidad y Justicia, que han seguido la línea abierta por la Fiscalía.
El juicio se retomará el miércoles y el jueves de la semana que viene, con las conclusiones de la defensa, tras lo que, previsiblemente, quedará visto para sentencia.