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El Supremo pregunta al Gobierno si va a recurrir la sentencia de Atristain, que fue unánime

El Tribunal Supremo español se ha dirigido al Gobierno de Sánchez para preguntarle si va a recurrir ante la Gran Sala europea la sentencia del caso de Xabier Atristain, que ha dado un varapalo al régimen de incomunicación y sus consecuencias jurídicas. Cabe recordar que la decisión fue unánime.

Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda, es quien firma la interpelación al Gobierno. (POOL)

En un escrito que puede interpretarse como una mera petición de aclaración o como un intento de influir en la decisión, el Supremo español ha preguntado a la Abogacía del Estado si va a recurrir ante la Gran Sala europea la sentencia que dio la razón al entonces preso vasco Xabier Atristain y que ha puesto de manifiesto la vulneración de derechos que supone la incomunicación.

En concreto, la Sala de lo Penal ha dirigido un oficio a la ministra de Justicia, Pilar Llop, firmado por el juez Manuel Marchena, en el que pide saber si la Abogacía del Estado ha recurrido la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), de 18 de enero de 2022, que consideró vulnerado el derecho a un proceso justo de Atristain.

Cabe recordar que supuso su puesta en libertad y que, además, ya ha traído una consecuencia en la Audiencia Nacional: la absolución de Gorka Palacios tras admitir el tribunal que las únicas pruebas en su contra eran declaraciones inculpatorias durante el periodo de incomunicación.

En esta sentencia, el tribunal especial da por bueno que existe una nueva «jurisprudencia europea» sobre el asunto y que debe ser aplicada.

Cabe recordar, por otro lado, que el fallo del caso Atristain fue dictado por el Tribunal de Estrasburgo sin ningún voto discrepante, por unanimidad. Y lo mismo ha ocurrido con el de la Audiencia Nacional en el caso de Palacios.

Recurso de revisión

La Sala de lo Penal se dirige a la ministra antes de resolver el recurso de revisión que ha presentado Atristain contra la sentencia del Tribunal Supremo de 2014 que confirmó la emitida por la Audiencia Nacional en 2013 que le condenó por los delitos citados. Es el trámite habitual para corregir cualquier sentencia estatal declarada injusta por Europa.

En su escrito, la Sala argumenta que la viabilidad del recurso de revisión está condicionada a la firmeza de la sentencia dictada por el TEDH. Por ello, indica que le resulta de especial interés saber si habrá recurso «en la medida en que de esa información depende el desenlace del procedimiento incoado, conocer si la resolución mediante la que el recurrente pretende respaldar su petición es o no firme».

Por ese motivo, solicita informe acerca de si la Abogacía del Estado ha declarado formalmente su deseo de no remitir el asunto ante la Gran Sala o si, por el contrario, ha formalizado recurso o tiene intención de hacerlo en el plazo previsto por la ley de tres meses, que expiraría el próximo 18 de abril.